Un beneficio que socava la conciencia tributaria
La presión tributaria en la Argentina es la más elevada de la historia económica, cercana al 40% del PBI contemplando la carga fiscal de la Nación, provincias y municipios, que en los últimos años han incrementado alícuotas y creado nuevos impuestos, tasas y/o contribuciones de dudosa constitucionalidad.
Parecería que normas como la que propone el Poder Ejecutivo deberían ser motivo de elogios, ya que estimulan la exteriorización de tenencia en moneda extranjera en el país y en el exterior, liberando al titular de la necesitad de brindar explicaciones sobre la fecha y el origen de tales fondos, de toda acción civil, comercial y penal tributaria, administrativa y penal cambiaria, y eximiéndolo de los impuestos a las ganancias, IVA, ganancia mínima presunta, bienes personales, cheque y otros.
A diferencia de otros blanqueos, en que había un impuesto especial (en 2009 osciló entre el 1 y el 8%), en este caso no se impone costo impositivo alguno. Quizás el costo implícito sea la incertidumbre del valor de recupero en la misma moneda del capital blanqueado.
Este proyecto pone nuevamente sobre el tapete la discusión doctrinaria de diferenciar el dinero sucio y el dinero negro. El proyecto libera las sanciones tributarias, pero no hay perdón para las conductas de lavado de dinero producto de cualquier delito previo, excepto que provenga de la evasión de impuestos. En el futuro resultará contradictorio imputar a sujetos por el delito de lavado de dinero originado en evasión tributaria.
Alentar la repatriación de moneda extranjera sin explicaciones y, en sentido contrario, exigir la justificación de situaciones más irrelevantes, como explicar en qué se invirtieron los dólares extraídos de un cajero automático en el exterior o la devolución de los pocos dólares que se pueden comprar ante la frustración de un viaje, no parecen ser tratos igualitarios.
Tampoco hay igualdad entre un contribuyente que se esfuerza para cumplir con las exigencias fiscales en tiempo y forma y otro que mantuvo recursos líquidos ociosos -como los calificó el Poder Ejecutivo- sin haber pagado los tributos correspondientes. Es más, también es perjudicado el contribuyente que por diversas dificultades financieras está en mora con el fisco; para ellos el remedio es mucho más "caro", un plan de 120 cuotas sin condonación de impuestos, intereses ni sanciones.
Los ciudadanos que pagan impuestos lo hacen como precio para vivir en una sociedad organizada y deben recibir a cambio servicios esenciales por parte del Estado. Cuanto más recibe del Estado, mayor será la sumisión voluntaria a la obligación fiscal. Esa conciencia tributaria se ve fortalecida cuando el ciudadano aprecia que no existen privilegios, y la carga fiscal es justa y equitativa para todos. En cambio la "moral tributaria" se ve pulverizada cuando aparecen medidas de excepción que benefician a los incumplidores.
César Roberto Litvin