
Una crisis profunda que ya lleva varios años
La tensión se hizo notoria en 1996
SAN LUIS (De nuestra corresponsal).- La crisis del Poder Judicial puntano no es nueva y se gestó durante los últimos dos mandatos de Adolfo Rodríguez Saá, que gobernó esta provincia desde 1983 hasta 2000.
Todo comenzó en 1996, cuando una dura campaña periodística, encabezada por el diario La República, propiedad de la familia Rodríguez Saá, trajo como consecuencia la renuncia de cuatro de los cinco miembros del Superior Tribunal de Justicia, cuya imagen en calzoncillos publicada por aquel medio recorrió el país.
Las vacantes permitieron que el entonces gobernador y ahora precandidato presidencial del PJ designara a hombres fieles como ministros y se asegurara la mayoría en el máximo tribunal de la provincia.
Dos años más tarde, en noviembre y diciembre de 1998, dos juezas, Adriana Gallo de Ellard y Ana María Careaga, fueron destituidas de su cargo e inhabilitadas para el ejercicio de la profesión por considerárselas "rebeldes" al poder político provincial.
Asimismo, fueron despedidos 12 secretarios de primera instancia (aproximadamente la mitad de esa clase de funcionarios en la provincia) en un mismo día, sin motivo alguno, indemnización ni sumario previo.
Paralelamente, la Legislatura provincial, de mayoría justicialista, sancionó un conjunto de leyes que instrumentó la dependencia del Poder Judicial puntano del gobierno de Rodríguez Saá.
Reacción
Es así como en 1996 se dictó una ley (5070) por la cual la designación de los conjueces (abogados de la matrícula que en ciertas ocasiones reemplazan a los jueces en un caso determinado) dejó de realizarse en el ámbito del Poder Judicial por sorteo entre los abogados de la matrícula y pasó a ser efectuada por el Poder Ejecutivo provincial, con acuerdo del Senado, compuesto de 9 miembros de los cuales 7 responden al oficialismo.
En 1997, en una nueva ley (5102) se estableció como uno de los requisitos para que los abogados fueran elegidos miembros del Consejo de la Magistratura o el Jurado de Enjuiciamiento el de ser previamente conjueces y obviamente para serlo tenían que haber sido designados a propuesta del gobernador con acuerdo de su Senado.
Por la misma ley se consideró como magistrados a los conjueces a los efectos de la participación en la selección de los miembros respectivos, alterándose entonces totalmente las mayorías al considerarlos con el mismo derecho que los jueces en la designación de sus representantes.
Ese mismo año, la Legislatura provincial dictó la ley 5123, que disolvió automáticamente como entidades de orden público a los colegios de abogados y procuradores existentes.
Por aplicación de todas estas normas, sancionadas entre 1996 y 1997, el Ejecutivo puntano controla absolutamente los organismos encargados de la designación y remoción de los magistrados.
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