Qué mirar:
- 1) Estado del bien: es clave visitarlo con un especialista en construcciones. La ley no establece ninguna prohibición específica respecto cuál debe ser el estado constructivo o de conservación de un inmueble que se vende.
- 2) Constatar el funcionamiento correcto y de flujo de todos los servicios: presión del agua y del gas, potencia de la electricidad, entre otros.
- 3) Precisar qué accesorios están incluidos en la operación: la ley establece que el objeto de la venta debe entregarse con todos sus accesorios, excepto acuerdo contrario (arts. 746 y 1140, Cód. Civ. y Com.). Aclarar en el contrato si algunos accesorios del inmueble –splits, ventiladores de techo, toldos– forman parte de la venta o no. Esto no es usual y sirve para prevenir futuros conflictos.
- 4) Verificar que el piso no se encuentre ocupado ni alquilado ya que la ley no prohíbe que se venda un inmueble ocupado.
- 5) Constatar la identidad entre lo construido y los planos inscriptos en el organismo estatal correspondiente. Es usual la existencia de diferencias que obstaculizan o retrasan la escrituración.
- 6) Verificar si el inmueble está embargado, hipotecado, en sucesión o con alguna restricción legal, si el vendedor es único propietario o no y si tiene alguna restricción para vender.
- 7) Si la propiedad es sede de la vivienda familiar, la ley exige la conformidad del cónyuge o conviviente inscripto.
- 8) Cuando corresponda, solicitar copia del reglamento de propiedad horizontal y de los reglamentos internos aprobados (si existen) y consultar posibles restricciones vinculadas con el destino, uso, etc. de la propiedad, que modifiquen la decisión de comprarla.
- 9) Precisar quién designará el escribano que intervendrá en la operación.
- 10) La ley determina que el vendedor es responsable por defectos ocultos excepto pacto contrario (art. 1036, cód. cit.). Precisar en el acuerdo de venta si el vendedor es responsable o no por esos vicios.
* El autor es abogado especialista en temas inmobiliarios y profesor de la UBA, UNA, UA y USALl.
Mariano Esper
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