Rechazan la inimputabilidad de "Pity" Álvarez y lo envían a juicio oral por homicidio
Para el juez en lo criminal y correccional Martín Yadarola, que estuvo a cargo de la investigación por la cual Cristian Álvarez Congiu, más conocido como Pity Álvarez, está preso y acusado de homicidio, el músico es imputable. Por eso, declaró clausurada la instrucción del expediente y elevó la causa a juicio oral y público.
Así lo informaron a LA NACION calificadas fuentes judiciales. La instrucción de la causa duró menos de cuatro meses. El homicidio de Cristian Díaz ocurrió el 12 de julio pasado. El juez Yadarola pudo clausurar el expediente después de haber recibido el resultado "de un profundo" estudio médico y psiquiátrico del exlíder de Viejas Locas.
"Las conclusiones del estudio médico corroboraron lo que sostuvo el juzgado cuando dictó el procesamiento de Álvarez a siete días de su detención", informaron fuentes judiciales.
El asesinato ocurrió en el barrio Cardenal Samoré, en Villa Lugano. La investigación policial y judicial determinó que la víctima, de 35 años, no estaba armada.
"Álvarez presenta un trastorno por consumo de sustancias grave y un trastorno de la personalidad. Del material que se ha tenido a la vista y a la luz de lo evaluado no se hallaron elementos que permitan inferir que tales trastornos le impidieran la comprensión y dirección de su accionar al momento del hecho", se afirmó en el estudio médico que fue incorporado al expediente judicial.
Confesión mediática
Después del crimen, el cantante habría descartado el arma homicida en una alcantarilla y estuvo prófugo durante 24 horas. Cuando se entregó, en una dependencia de la Policía de la Ciudad, Álvarez confesó frente a los medios el asesinato: "Lo maté porque era él o yo. Y creo que cualquier animal haría lo mismo", dijo.
Una semana después del homicidio, el juez Yadarola procesó a Pity Álvarez. En una resolución de 36 páginas, el magistrado explicó: "Independientemente de avanzarse en la concreción de estudios de mayor especificidad con la finalidad de completar el cuadro clínico y permitir a futuro un pormenorizado diagnóstico psicofísico del causante, considero que se encuentra a esta altura satisfecho el tamiz de la culpabilidad de Álvarez en el caso concreto, por lo que es factible avanzar en el presente proceso judicial frente a la conducta endilgada".
El resultado del estudio médico era lo que le faltaba al juez Yadarola para clausurar el expediente y elevar la causa a juicio oral y público.
"Al momento del examen se encuentra psíquicamente compensado y en condiciones de estar en juicio", se sostuvo en el peritaje médico hecho por el Cuerpo Médico Forense e incorporado en la causa.
Un día después del homicidio, Pity Álvarez se entregó en una comisaría de la Policía de la Ciudad. Afirmó que la víctima no era su amigo y lo acusó de ladrón. "Él era un pibe que choreaba y tampoco fue un tema de drogas... Si no lo mataba yo me iba a matar él".
Los especialistas del Cuerpo Médico Forense explicaron que Pity Álvarez presenta un trastorno por consumo de múltiples sustancias.
"Presenta una adicción a múltiples sustancias, donde predominan el consumo de estimulantes como derivados de la cocaína en forma inhalada (crack), opiáceos (inyección de morfina), sedantes (grandes cantidades de benzodiacepinas). Presenta un consumo sistemático prolongado de más de un década que se ha prolongado a lo largo del tiempo, llegando a un consumo diario y ocupando las actividades de consumo la mayor parte del tiempo", se explicó en el estudio médico.
Para los especialistas, "Pity Álvarez no presentó al momento del hecho un episodio psicótico desde el cual la acción efectuada sobre la víctima fuera parte de una producción delirante o alucinatoria (alteración morbosa). Tampoco la conducta desplegada fue parte sintomática de un episodio de excitación psicomotriz (alteración morbosa de las facultades) o del automatismo mental que acompaña a los estados de inconsciencia".
Después de analizar el peritaje del Cuerpo Médico Forense, el juez Yadarola sostuvo: "Después de haberse hecho todas las diligencias tendientes a demostrar la responsabilidad penal que le cabe en el hecho investigado a Álvarez, y en la medida en que la defensa no dedujo excepciones ni se opuso a la elevación a juicio instando su sobreseimiento, declárese clausurada la instrucción y remítase el presente sumario al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional que por sorteo se determine".
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