“Secuelas en las víctimas”: confirmaron las fuertes condenas para la banda que secuestró a siete personas en un country
El hecho ocurrió en marzo de 2016 en el Centro Israelita Sionista Scholem Aleijem Bialik (Cissab), en Tristán Suárez; la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la sentencia de primera instancia
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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de hasta 15 años para una banda criminal que, en marzo de 2016, había secuestrado a siete integrantes de dos familias, entre ellos tres niños, a quienes capturaron cuando cenaban en una casa de un country de la comunidad judía situado Tristán Suárez.
El múltiple secuestro extorsivo ocurrió el 20 de marzo de 2016, aproximadamente a las 21.15, en el Centro Israelita Sionista Scholem Aleijem Bialik (Cissab), un tradicional club de la comunidad judía ubicado en Blas Parera 1301, de Tristán Suárez, y terminó con el pago del rescate en la autopista Ezeiza-Cañuelas.
En abril pasado, el Tribunal Oral Federal (TOF) N°2 de La Plata condenó a penas de entre 14 y 15 años de cárcel a a Marcelo Proz, Sebastián Garay, MaximilianoMontenegro y Carlos Ardohain Padilla, alias Pelado.
El hecho comenzó cuando dos parejas y sus hijos, dos varones de 4 y 5 años y una niña de 2, cenaban en una misma casa, ubicada en el lote 210 del country. Tres delincuentes armados entraron con sus caras cubiertas al predio y llegaron hasta la vivienda, donde exhibieron armas largas con las que redujeron a las familias, una de las cuales estaba como invitada, y luego comenzaron a sustraer elementos personales y de la propiedad.
Tras ordenar a las personas a tirarse al suelo, los forzaron a subir a una Ford Ranger de una de las víctimas y junto a los ladrones -que resultaron ser Proz, Montenegro y Ardohain Padilla- salieron por la puerta de ingreso del country sin que la guardia se diera cuenta de que se trataba de un secuestro.

Según las fuentes, los captores decidieron liberar a uno de los hombres secuestrados para que se dirigiera a bordo de la camioneta a buscar el dinero para pagar por la liberación del resto de las víctimas, quienes fueron retenidas y ocultadas en un Volkswagen Vento utilizado por la banda.
El hombre llamó a su suegro para pedirle 50.000 dólares que iba a pasar a retirar por su casa, situada en la Capital, y unos 40 minutos más tarde comenzó a recibir las llamadas de los secuestradores para acordar el lugar de pago.
Mientras tanto, el resto permaneció en el auto con los secuestradores y “durante ese trayecto los captores se dieron cuenta de que no tenía nafta, por lo que hicieron bajar a las víctimas en un descampado, permaneciendo custodiadas por dos de ellos, uno de los cuales los apuntó todo el tiempo con una pistola y los otros fueron a cargar combustible y cuando volvieron los hicieron subir nuevamente”.
Una vez con el dinero en su poder, el hombre recibió un llamado en el cual le indicaron el sitio donde debía dejar la bolsa que lo contenía, aunque el pago del rescate se demoró por reiteradas confusiones en el trayecto que debía seguir.
Finalmente, la víctima recibió un nuevo llamado en el que acordaron que el pago se iba a realizar en el kilómetro 32 de la Autopista Ezeiza – Cañuelas, a la altura de la localidad de El Jagüel, donde a las 0.15 del día siguiente arrojó por la ventana la bolsa con el dinero y el celular.
Los delincuentes tomaron los 50.000 dólares y cerca de la 1 liberaron sanos y salvos a los otros seis secuestrados, entre ellos a los tres niños, uno de ellos que padecía Trastorno del Espectro Austista (TEA).
Durante el debate oral, el Tribunal tuvo en cuenta, entre otras pruebas, las cámaras de seguridad y las comunicaciones brindadas en su momento por la empresa Nextel, que fueron analizadas por la División Unidad Operativo Sur de la Policía Federal Argentina (PFA).
En las últimas horas, los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Daniel Petrone, confirmaron la sentencia.
“Se trata de un delito contra la propiedad que a su vez inmiscuye enfáticamente la libertad personal de la víctima, en situaciones que suelen ser de elevada tensión y donde el riesgo de que el conflicto escale siempre se encuentra plausible”, sostuvo el juez Hornos en el fallo.
El magistrado consideró que se trató de un caso “especialmente grave que dejó manifiestas secuelas en las víctimas”.
Al confirmar la condena, los jueces, integrantes del máximo tribunal penal del país “entendieron que la sentencia condenatoria se encontraba debidamente fundada y que, de la prueba recolectada a lo largo del proceso penal, se pudo llegar a la conclusión de que las personas imputadas secuestraron a las víctimas con el fin último de que paguen un rescate por su liberación”.
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