Destituyeron a la jueza enfrentada con Rodríguez Saa
En un cuestionado fallo, la doctora Careaga fue inhabilitada por 15 años.
SAN LUIS.- En una sentencia más cercana a la venganza política y al amedrentamiento que a cuestiones puramente jurídicas, la jueza de Villa Mercedes Ana María Careaga fue destituida e inhabilitada por quince años para ejercer funciones públicas.
Fue acusada, entre otros cargos, de haber violado garantías constitucionales al querer indagar por un delito al intendente de Villa Mercedes, Jorge Cangiano, y de actuar en política, al adherir a los fundamentos de una carta en la que el Colegio de Abogados de esa ciudad cuestionó el avasallamiento del Poder Judicial local y pidió la intervención federal de la provincia.
La sentencia del Jurado de Enjuiciamiento puntano fue más allá. El presidente del cuerpo encargado de la remoción de magistrados, titular del Superior Tribunal de Justicia local y ex ministro de Hacienda del gobierno de Adolfo Rodríguez Saa, Carlos Sergnese, ordenó que la justicia criminal investigue a Careaga por los presuntos delitos de prevaricato, abuso de autoridad, privación ilegítima de la libertad y atentado contra el orden constitucional.
Tras el fallo, considerado por los observadores como un mensaje intimidatorio hacia el Poder Judicial, el juez que reciba las actuaciones podría ordenar, por la gravedad de los cargos, el procesamiento y la detención de Careaga.
Ayer, los diputados nacionales frepasistas Juan Pablo Cafiero y Diana Conti, que presenciaron la sentencia, calificaron el jury como "una persecución político-judicial contra los jueces que actúan en forma independiente al poder que ejerce el gobernador Adolfo Rodríguez Saa".
Por eso, pidieron la intervención federal de la provincia.
Sin fundamentos
En rigor, durante el jury quedó demostrado que Cangiano no tenía fueros que impidieran a la jueza llamarlo a indagatoria, ya que el intendente mismo reconoció que sólo posee inmunidad de opinión y de arresto.
Al mismo tiempo, un integrante del Tribunal de Contralor dijo durante el debate que ese cuerpo pidió la rescisión del contrato por el servicio de estacionamiento medido de Villa Mercedes, firmado por Cangiano con la empresa Burotique, a raíz de groseras e innumerables irregularidades.
Incluso, su adhesión a una crítica institucional contra el gobierno fue calificada como "intervención en política" cuando uno de los miembros del jurado de enjuiciamiento, Edgar Mario Zabala, fue sobreseído por haber opinado sobre el mismo tema aunque, obviamente, en sentido contrario.
Aun así, en una sentencia de 90 páginas el tribunal fundó la destitución al acusar a Careaga de utilizar "mecanismos de la Inquisición" cuando citó al intendente a indagatoria.
Se la imputó además un "intolerable apartamiento de la augusta misión confiada a los jueces, con daño evidente del servicio y menoscabo de su investidura" y se la hizo responsable de haber violado la Constitución provincial por expresar opiniones y emitir juicios "que marcan claramente sus posiciones en situaciones que luego fueron a recaer en actos judiciables a su cargo".
La acusación señaló además la adhesión a la "irracional proclama del ex Colegio de Abogados de Mercedes", considerándola una actitud personal que excede ampliamente el fuero y la libertad íntima de expresión.
Para el tribunal, esto significó que "la magistrada es propiciadora, junto a los firmantes de dicho documento, de un verdadero golpe institucional, tendiente a subvertir el orden constitucional existente en la provincia, ya que se pretendía, por vía judicial, cambiar las autoridades legalmente constituidas y legítimamente votadas por todos los habitantes de San Luis".
El jurado replicó a Careaga, que había insistido en que se aplicaran los derechos humanos en su favor, y sostuvo: "En las causas penales seguidas en su juzgado violó los derechos humanos y garantías mínimas del intendente Cangiano".
El jurado de enjuiciamiento justificó la ampliación de la calificación legal de la causa, con lo que sorprendió a la defensa de Careaga en la hora de los alegatos, que asistía a la fiscal y sus funciones ampliar el ámbito fáctico del requerimiento acusatorio por existir hechos que se vinculaban con la prueba producida y se vinculaban a los ya imputados.
Ante la mirada atónita de la jueza y de su abogado Alberto Bovino, el tribunal la acusó de usurpación y abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, prevaricato, ineptitud o negligencia en el uso de sus funciones, intervención pública o encubierta en política y de "cualquier otro hecho inherente al cargo que desempeñe calificado como delito de acción pública.
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