El Senado aprobó una ley para regular la venta de cigarrillos
La iniciativa propone restricciones para la publicidad, comercialización y consumo de tabaco; el proyecto deberá ser tratado en Diputados; los puntos más relevantes
El Senado aprobó esta noche un proyecto para regular la venta de tabaco, iniciativa que ahora deberá tratar la Cámara baja.
La iniciativa que propone regular la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco y que busca prevenir y asistir a la población ante los daños que produce el tabaquismo fue tratado sobre tablas con el consenso de todos los bloques. Consiguió 51 votos a favor y uno en contra.
Además, el Senado también le dio media sanción a un proyecto para crear el Programa Nacional de Prevención y Control de Comercio Ilegal de Productos Elaborados con Tabaco, que deberá ser llevado adelante por el Ministerio del Interior de la Nación.
Los puntos más relevantes del proyecto:
Sobre la publicidad:
- La publicidad o promoción deberá incluir un mensaje de advertencia escrito en forma legible, prominente y proporcional que deberá ocupar el 20 por ciento de la superficie total del material objeto de publicidad o promoción.
- Los paquetes y envases de productos elaborados con tabaco deberán incluir, en uno de sus laterales, información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar que suministre el Ministerio de Salud.
- Se prohíbe imprimir en los paquetes de cigarrillos expresiones que sugieran menos riesgo para la salud como "bajo contenido de nicotina o alquitrán", "light", "ultralight", "suave", "extra" o "ultra", por considerarlas promociones falsas y engañosas.
- La norma prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación o difusión. No entran en la prohibición las publicidades hechas en el interior de lugares de venta de productos elaborados con tabaco; en publicaciones comerciales destinadas a personas o instituciones que se encuentran involucradas en el negocio del tabaco; y a través de comunicaciones directas a mayores de 18 años.
- Se prohíbe a los fabricantes y comerciantes de productos elaborados con tabaco, realizar el auspicio de marcas en todo tipo de actividad o evento público y a través de cualquier medio de difusión.
Sobre la venta:
- El proyecto promueve las prohibiciones en la venta de cigarrillos sueltos y de paquetes menores de 20 unidades y en la venta a menores de 18 años.
- Queda prohibida la venta, exhibición, distribución y promoción de productos elaborados con tabaco en establecimientos de enseñanza de todos niveles, estatales y privados; centros hospitalarios y de atención de la salud, públicos y privados; oficinas y edificios públicos; medios de transporte público de pasajeros; sedes de museos o clubes y salas de espectáculos públicos como cines, teatros y estadios.
Sobre el consumo:
- Se prohíbe fumar en lugares de trabajo cerrados protegidos por la ley de Higiene y Seguridad del Trabajo; lugares cerrados de acceso público; centros de enseñanza de cualquier nivel; establecimientos de guarda, atención e internación de niños en jardín maternal y de adultos en hogares para ancianos. También en museos y bibliotecas; espacios culturales y deportivos, incluyendo aquellos donde se realicen eventos de manera masiva; medios de transporte público; terminales de transporte; áreas en que el consumo de productos elaborados con tabaco generen un alto riesgo de combustión; y cualquier otro espacio cerrado destinado al acceso de público.
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