Es ley la protección integral de la infancia
Deroga la norma de patronato y obliga al Estado a ejercer las responsabilidades y garantizar los derechos de los menores
Luego de un breve trámite, sin debates ni discursos, la Cámara de Diputados aprobó y convirtió ayer en ley el denominado régimen de protección integral de los derechos de niños y adolescentes, que deroga la añeja ley de patronato, vigente en el país desde 1919, que permitía a los jueces decidir de manera discrecional sobre el futuro de menores en situación de abandono y de pobreza.
El consenso alcanzado entre el duhaldismo, la UCR y ARI en la Cámara baja permitió la sanción definitiva de la norma, redactada en su primera versión por la diputada Hilda González de Duhalde (PJ-Buenos Aires), más tarde modificada sustancialmente y aprobada por el Senado en junio último.
La ley en cuestión establece el fin de la ley de patronato, considera al niño "sujeto de derechos", como la educación, salud, desarrollo social, cultura, recreación, juego y participación ciudadana. Por eso, prohíbe que "por razones de pobreza, maltrato o conflicto con la ley penal" un menor sea enviado a un instituto de menores por decisión de un magistrado.
Hasta ayer, la ley de patronato otorgaba un amplio margen al juez para decidir lo que él creyera conveniente para el menor: disponer que volviera con sus padres, con otros familiares o internarlo en un instituto.
"La falta de recursos materiales de los padres, de la familia de los representantes legales o de los responsables de los menores no autoriza la separación de su familia nuclear, ampliada o con quienes mantenga lazos afectivos ni su institucionalización", establece la norma en su artículo 33.
Además, la iniciativa define que "cuando la amenaza o violación de derechos sea consecuencia de necesidades básicas insatisfechas, carencias o dificultades materiales, económicas, laborales o de vivienda, las medidas de protección son los programas dirigidos a brindar ayuda y apoyo, incluso económico, con miras al mantenimiento y fortalecimiento de los vínculos familiares".
La norma obliga al Estado a ejercer esas responsabilidades, tal como lo establece la Convención Internacional por los derechos del niño, a la que la Argentina adhirió luego de la reforma constitucional de 1994. Toda internación de un niño o adolescente por parte de un magistrado es considerada privación ilegítima de la libertad. Hoy hay 14.000 niños y adolescentes internados en institutos de menores en la provincia de Buenos Aires
Figura novedosa
Una figura novedosa, introducida por los senadores, es la del defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes, quien tendrá a su cargo velar por la protección y promoción de los derechos de los menores.
"Ser una institución externa al Poder Ejecutivo permite instancias de supervisión, control y establecimiento de garantías no contaminada por intereses políticos o de gestión, dando más independencia al sistema", afirmó el senador Gerardo Morales (UCR-Jujuy), quien en su momento defendió la versión finalmente aprobada ayer por los diputados.
En la Cámara baja había conformidad. "Estamos satisfechos, hemos luchado muchos años por esto", afirmó la diputada Duhalde.
"Los jueces sólo podrán resolver situaciones judiciales, y ya no las que tienen que ver con lo social", agregó a LA NACION la diputada Laura Musa (ARI-Capital) también de acuerdo con el proyecto que ayer se convirtió en ley.
"Han pasado ya más de 90 años de la sanción de la ley de patronato, [conocida también como ley Agote], razón más que notable para que nuestro país deba adecuar su legislación a lo prescrito por nuestra propia Constitución Nacional y, así, permitir que comiencen a desarrollarse políticas de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes que atiendan a su calidad de ciudadanos y no como sujetos de cuidados", había dicho Gerardo Morales, senador nacional por Jujuy. El Senado había aprobado la norma el 1° de junio pasado.
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