La Anmat prohibió la comercialización de varios productos médicos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat ) prohibió la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un lote de cánulas para traqueotomías, un lote de espéculos vaginales, entre otros productos médicos.
Según se publicó en el Boletín Oficial de hoy, a través de la Disposición 1837/2018 se informó que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) se constituyó en un domicilio en San Juan, donde se verificaron las estanterías de un depósito de la firma Dester Argentina SA.
En esa oportunidad, se tomó muestra de distintos productos médicos y se comprobó que se trataba de unidades ilegítimas.
En consecuencia, la Anmat resolvió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: "CANULA DE TRAQUEOTOMIA CON BALON/ MCM/ESTERILIZADO DE USO UNICO/N°28 FR/ D.I.7.0 MM/FECHA DE FABR: 2017 / 06 / FECHA DE VENC:2021-06/ LOTE: 706001876/ IMPORTADOR MARCRIS MEDICAL S.R.L./ Producto médico autorizado por ANMAT PM: 1173-10"; "NUEVA LINEA GREYTON EXTRA REFORZADA/ ESPECULO VAGINAL DESCARTABLE/ GRANDE/ ATOXICO-ESTERIL/ Fabricado y distribuido por: LABORATORIOS GREYTON ARGENTINA SA/ Hab. ANMAT PM 847-1 /INDUSTRIA ARGENTINA/ VENCIMIENTO 15/05/19/LOTE 154-05-2019".
Asimismo, se prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los modelos y lotes de agujas espinales rotuladas como: "SPINAL NEEDLE/ ESTERILE EO/ IMPORTADOR REDIMED SA/ANMAT: PM-1174-4".
A raíz de una serie de actuaciones de la DVS sobre irregularidades detectadas en varios productos médicos, el organismo estatal resolvió prohibir el uso y comercialización -preventivamente- todos los lotes en todas las presentaciones de los productos rotulados como "a) AUTENTICA PLATA COLOIDAL 20 ppm, suplemento alimenticio venta libre. Elab. legajo Nº 7205, M.S. y A.S. Resol. Nº 155/98, Nº inscripción 3509/03; b) VERDADERA PLATA COLOIDAL (40ppm) S650. Establecimiento elaborador 2491- Allignani Rogelio y Fiorano Maria Isabel SH. Res. 155/98. Producto de tocador".
La información fue publicada en la Disposición 1838, en la cual se describió que los productos estaban rotulados como "suplemento dietario", cuando el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) informó que está permitido el uso de plata coloidal para suplementos dietarios.
Por último, la Anmat prohibió el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos médicos de la firma ShenzhenRogin Medical Co. Ltd. hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional.
En la Resolución 1839/2018 se detalló que la decisión se da luego de corroborar que ninguno de los productos tenía autorización del organismo estatal.