La Anmat prohibió varios productos médicos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución de varios productos médicos, según se publicó este martes en el Boletín Oficial .
La Disposición 6506/2018 explica que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) comunicó que su personal colaboró en un allanamiento ordenado por el Juzgado Federal N°1 de la provincia de Córdoba, en el marco de la causa "Ferreyra, Claudio Marcelino y otros – p.ss.aa. asociación ilícita; artículo 303, inc. 1° del C.P. (Expte. 58814/2017)", y que, una vez constituidos en el lugar, tomaron muestra de diversos productos médicos.
Tras ello, fiscalizadores de esa Dirección concurrieron a la sede de la firma Norma Dorliza Maliandi, que se encontraba habilitada ante la Anmat como elaboradora de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes con domicilio en la calle Alem 536 del partido de Junín, provincia de Buenos Aires. Fue entonces cuando los inspectores exhibieron a la apoderada de la firma los productos que habían retirado del lugar antes mencionado.
Con respecto al producto caracterizado como "un estuche de cartón rotulado como ‘Santa Lucía oftalmología de avanzada, Solución Salina, Monodosis 5 ml - 12 tiras con 6 monodosis de 5 ml c/u, especial para lentes de contacto, Cont. Neto 500 cc, Lote: 17050032 – Ven: 10-05-2019, exclusivo para ópticas, elaborado por Lab. Norma Maliandi – LE 2392, M.S y A.S Resol. 155/98, Disposición ANMAT 4495/94, Industria Argentina. Suave loción de idéntica formulación que la solución fisiológica, cuyo uso cosmético es higienizar la piel, no produce irritación, dejar evaporar’; se hace constar que el envase carece de fecha de vencimiento, el estuche contiene en su interior dos (2) ampollas con la siguiente inscripción 'Sanafarm Solución Fisiológica 5 cc, no inyectable, Lote: 0045 – Vto 01/19, Dispo ANMAT 4495/04'", la mujer expresó que "tanto el estuche secundario en cuestión como el producto solución fisiológica marca Sanafarm no son propios ni originales del laboratorio Norma Dorliza Maliandi"; asimismo, agregó que la firma nunca fabricó ninguna partida de solución fisiológica marca Sanafarm ni de otra marca.
También detalló que la mención de "Disposición ANMAT N° 4495/04" declarada en el rótulo de las ampollas plásticas exhibidas no se corresponde con el número de la firma. Sin embargo, ante la consulta sobre las autorizaciones de la empresa y del producto, afirmó que la firma no posee habilitación sanitaria provincial ni nacional para fabricar productos médicos, ni cuenta con registro del producto en cuestión ante la Anmat. La Dvs entendió en consecuencia que se tratan de productos médicos de Clase de Riesgo II, no autorizados por la Anmat y que el establecimiento no cuenta con habilitación sanitaria
La Disposición 6506/2018, dice: "Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentren inscriptos ante esta Administración Nacional los siguientes productos: Santa Lucía oftalmología de avanzada Solución Salina, especial para lentes de contacto, elaborado por Lab. Norma Maliandi – LE 2392, M.S y A.S Resol. 155/98; SANTA LUCIA oftalmología de avanzada, Solución Salina, Monodosis 5 ml - 12 tiras con 6 monodosis de 5 ml c/u, especial para lentes de contacto, exclusivo para ópticas, elaborado por Lab. Norma Maliandi – LE 2392, M.S y A.S Resol. 155/98, Disposición ANMAT 4495/94, Industria Argentina. Suave loción de idéntica formulación que la solución fisiológica, cuyo uso cosmético es higienizar la piel, no produce irritación, dejar evaporar" y Sanafarm Solución Fisiológica no inyectable cont. Neto 5 cc. Disp. ANMAT 4495/04."
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