Ley Abigail: Mendoza propone enseñar a funcionarios los derechos de los niños
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MENDOZA.- Para evitar que se repita el drama de la familia de Abigail, la niña con cáncer que ingresó a Santiago del Estero en brazos de su papá por los impedimentos en la frontera de su provincia, en tierra cuyana comenzarán a capacitar sobre los derechos de los niños a los funcionarios y empleados de todos los niveles estatales.
Así lo establece un proyecto de ley que ingresó a la Legislatura local, bajo autoría del radicalismo, en nombre de la diputada Tamara Salomón. El objetivo central de la iniciativa, teniendo en cuenta las irregularidades y vulneraciones que se registraron durante la cuarentena en todo el país es garantizar la formación integral en derechos de niños, niñas y adolescentes para las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles, jerarquías y poderes.
Pionera
Más allá de que Mendoza cuenta con normativa específica en la materia y es pionera, como la Ley Provincial N° 9139 que establece en su artículo 1 la protección integral de los menores, la Ley 26.061 así como de las disposiciones constitucionales, en la tierra del sol, del bueno vino y el conocimiento se busca avanzar aún más en la materia para que no haya personal que sea indiferente, inhumano o incapaz de actuar ante situaciones como la vivida por la pequeña santiagueña.
El caso de Abigail nos convocó a trabajar en el diseño de una legislación que contribuya a garantizar la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes
"Atendiendo a lo mencionado y al hecho sucedido que tuvo como protagonista a Abigail y que conmocionó al país, es que consideramos necesario establecer espacios de formación en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes, que permitan no solo garantizar el cumplimiento y pleno ejercicio de los mismos, sino ampliar y fortalecer la ciudadanía", señala la diputada Tamara Salomón, autora del proyecto.
"Este evento que, sin dudas nos alertó, dado que se sucedieron una serie de violaciones a los derechos de Abigail, también nos convocó a trabajar en el diseño de una legislación que contribuya a garantizar la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes", agregó la legisladora.
Abigail padece cáncer óseo en su pierna izquierda, denominado sarcoma de Ewing, que se genera en los huesos o en el tejido blando alrededor del sistema óseo. Hace cinco años que está bajo tratamiento en el Hospital del Niño Jesús en Tucumán. Lamentablemente hace pocas semanas, mientras lucha con su enfermedad, soportó el trato inhumano de quienes estaban a cargo del paso fronterizo entre ambas provincias.
Cómo se hará la capacitación
Para concretar esta misión, sólo bastará con disponer el organismo competente, designado por el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, el cual deberá certificar la calidad de las capacitaciones que elabore e implemente cada ente público.
"Entendemos, que, en tiempos de pandemia, y de vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, dicha capacitación no debería ser relegada en el tiempo y deben buscarse formas alternativas de proporcionarla. La virtualidad es el camino en el momento tan difícil que atravesamos como sociedad", señala Salomón en su propuesta que empezará a debatirse en la Casa de las Leyes provincial.
Así, de acuerdo con el proyecto, que ya tiene amplio consenso en la Legislatura, la capacitación sistemática y obligatoria de los funcionarios, debe atender como objetivo último el fortalecimiento del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. "Se busca que esto favorezca el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y la protección integral de sus derechos como ordenador conceptual del sistema, diseñando políticas públicas en materia de niñez, adolescencia y familia, formuladas, implementadas y monitoreadas, desde los principios de participación, equidad, sustentabilidad, inclusión y trabajo multisectorial", indican los fundamentos de la norma.
Principales artículos:
- Artículo 2.- Establézcase la capacitación obligatoria en Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías que forman parte corresponsable del Sistema de Protección de los Derechos de Niñez y Adolescencia.
- Artículo 3- Las capacitaciones serán realizadas en la forma y modo que establezcan los respectivos organismos en los que desempeñen sus funciones.
- Artículo 4.- Durante circunstancias de fuerza mayor que imposibiliten el dictado presencial de las capacitaciones, se dispondrán los medios para que las mismas se dicten de manera virtual.
- Artículo 5.- El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes o el organismo que en el futuro la reemplace, es la autoridad de aplicación de la presente Ley.
- Artículo 9.- Las personas que se negaren sin justa causa a realizar las capacitaciones previstas en la presente ley serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad de aplicación a través y de conformidad con el organismo que se trate.