"No fumar", una prohibición poco respetada
Aunque existen normas que regulan el consumo de tabaco en el espacio público porteño, en muchas ocasiones, las reglas no se obedecen; qué hacer para hacer cumplir con la legislación vigente
En la ciudad de Buenos Aires son muchas las normas que regulan el consumo de tabaco en el espacio público. La más conocida es la que establece la creación de espacios para no fumadores en restaurantes, bares y confiterías.
Pero la normativa no acaba allí, ya que de acuerdo con distintas ordenanzas -en su mayoría sancionadas en 1994- está prohibido fumar en las dependencias del gobierno porteño, en el transporte público de pasajeros, en los establecimientos educativos y en los cajeros automáticos.
Lo cierto es que aunque la legislación existe, pocas veces se respeta y los porteños no fumadores optan por resignarse y no decir nada a quienes infringen la ley.
"El principal problema es que no hay control por parte del gobierno, ni responsabilidad ciudadana. Lo que se debería hacer es decir: «Señor, acá está prohibido fumar», pero eso no pasa", expresó a LA NACION LINE el defensor del pueblo adjunto porteño Atilio Alimena.
De acuerdo con los últimos datos sobre tabaquismo dados a conocer por la Organización Panamericana de la salud (OPS), la Argentina está primera en el ranking de consumo de tabaco en América. En el país fuma el 40 por ciento de los varones y el 35 por ciento de las mujeres. Pero el número se eleva al 70 por ciento cuando se habla de fumadores pasivos.
"Es importante que se empiece a ejercer el poder que tienen los ciudadanos de hacer cumplir la normativa. Si uno se para y le dice a quien está fumando que lo deje de hacer es difícil que la otra persona se rehúse. Hay que perder los miedos, porque esto es lo que corresponde. Lo que está en juego es el derecho constitucional a la salud", agregó Alimena.
Para hacer cumplir la legislación
¿Qué dicen las normas y cómo hacerlas cumplir?
Aunque cada uno de los casos es diferente, lo primero que se puede hacer es exigir el cumplimiento de la prohibición de fumar. En caso de que esto no funcione, es posible realizar la denuncia ante la autoridad de aplicación correspondiente.
La ordenanza 47.670 establece que los restaurantes, bares, confiterías y casas de lunch que tengan entre 40 y 100 metros cuadrados deben disponer de un 30 por ciento del espacio para no fumadores. En los locales más grandes, el sector libre de humo debe ser del 35 por ciento. Los más chicos no están obligados a disponer de espacio para no fumadores.
En el caso de que los comerciantes no respeten la obligación de establecer espacios para fumadores y no fumadores, se puede hacer la denuncia al 0800-999-2727. Las sanciones van desde una multa hasta la pérdida de la habilitación.
En tanto, de acuerdo con la ordenanza 47.667, está prohibido fumar en las áreas de atención al público de los organismos dependientes de la Ciudad. Según admiten en el gobierno porteño, la norma se cumple en raras oportunidades.
Si el que infringe la ordenanza es un funcionario, se le puede dar intervención a la Defensoría del Pueblo, que, luego de comprobar la infracción puede determinar hasta el retiro de esa persona del sector de atención al público. Asimismo, la ley 451 establece que se puede aplicar una multa de entre 25 y 100 pesos.
Los quioscos deben exhibir un cartel que indique la prohibición de vender cigarrillos a los menores de 16 años. Para reclamar, se puede llamar al 0800 del gobierno porteño.
En el transporte público de pasajeros la prohibición de fumar rige para los pasajeros y para el conductor. Si el chofer está fumando y se niega a apagar el cigarrillo se puede realizar la denuncia a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) al 0800-333-0300 o a por e-mail: denunciasdeusuarios_sumarios@mecon.gov.ar. (Es conveniente contar con un testigo y copia del boleto).
El conductor puede ser sancionado con una multa de entre 50 y 500 pesos.
En tanto, en el ámbito de la Nación no hay ninguna regulación sobre el consumo de tabaco.