Padres Organizados: “Nos sentimos escuchados por la Corte Suprema”
En las próximas horas, en la organización van a evaluar si interponen amparos en provincias que tienen suspendidas las clases, esgrimiendo los argumentos del Máximo Tribunal
Con mucha expectativa y con algunos festejos. Así recibieron los Padres Organizados la noticia de que la Corte ratificaba la autonomía de la Ciudad y la continuidad de las clases presenciales. “Nos sentimos escuchados”, resume María José Navajas, una de las seis madres y padres que dieron origen a este movimiento que ahora tiene miles de miembros en todo el país. Algunos imprimieron el fallo y resaltador en mano buscaban los argumentos que pudieran hacer de este fallo un puente para el regreso de la presencialidad en todo el país.
“Lo primero que hicimos, después de la alegría de saber que las clases siguen, fue zambullirnos a leer el fallo. Si bien se decía que el fallo iba a ser favorable, nuestra gran pregunta era si la Corte se iba a meter con el derecho a la educación, afectado por ese decreto o si solo iba a resolver la cuestión de la autonomía de la ciudad, sin meterse con la cuestión de fondo”, dice Navajas.
“Y a medida que leíamos párrafo tras párrafo encontramos muchos de los argumentos que nosotros como padres veníamos planteando. Porque la Corte ratificó que el derecho a la educación no puede ser afectado, sobre todo si no está demostrado que el aumento de casos esté relacionado con la vuelta a las clases presenciales. Se trata de un derecho humano fundamental afectado por una conjetura que no se demostró, sino que se asumió. Esto es lo que plantea la Corte. Y nos hizo respirar aliviados. Porque esto abre muchas puertas y protege a nuestros hijos y a los hijos de todas las familias”, dice.
La alegría no se limitó a los padres porteños. Aunque el alcance del fallo es sobre la ciudad de Buenos Aires, los argumentos que ofreció la Corte, entienden los padres, resultan un trampolín jurídico para los reclamos de los padres de todo el país. Significa que, en las próximas horas, se van a evaluar amparos en provincias que tienen suspendidas las clases, esgrimiendo los argumentos de la Corte.
“Mi hija va a provincia y este fallo es una luz de esperanza también del otro lado de la General Paz para los millones de chicos que están sin clases”, dice Victoria Baratta, otra de las fundadoras del movimiento. “Es una buena noticia que el máximo tribunal haya fallado así. Entiendo que los argumentos principales son sobre la autonomía y la cualidad federal. Pero hay algunos pasajes donde se habla que la emergencia no puede ser un cheque en blanco, se habla de los derechos de las niñas y los niños a la educación. Son argumentos que pueden servir para sentar un precedente. Porque hasta ahora, la mayoría de los amparos caían en un problema de competencia. Los jueces decían no ser competentes y ahora, van a tener un respaldo jurídico”, agrega.
“Estábamos desde las 7 de la mañana esperando las novedades. Lo leímos y ahora estamos muy felices. Sentimos que alguien nos escuchó”, dice Quimey Lillo, otra de las madres miembro del grupo original de Padres Organizados.
“Acá lo estamos leyendo entre todos. Los grupos de WhatsApp no paran. Los abogados del grupo aportan sus miradas. Hay párrafos que realmente nos emocionan. Me gustó la frase que dicen que la emergencia no está por encima de la Constitución. Estamos acá con el resaltador viendo cómo esto le puede servir a la provincia de Buenos Aires, con los mismos argumentos. Y en todo el país”, dice.
“Nos emocionó ver que la Corte nos menciona como Padres Organizados y también encontramos en los argumentos que plantea algunos de los fundamentos que nosotros les acercamos”, dice Quimey. Se refiere a que hace una semana, la organización se presentó como Amicus Curiae, es decir, como amigos del tribunal y entregó un escrito con argumentos para que la Corte evalúe antes de tomar una decisión. Incluso el fallo menciona algunos de los estudios y documentos aportados por los padres.
“Nos mencionan en el fallo, no lo podemos creer. Fue una iniciativa audaz decir ‘vamos a presentarnos’. Esto mejora todo porque no queda como una pelea entre gobiernos. Hay otro actor acá, que es la ciudadanía organizada. Eso es emocionante”, agrega Quimey.
“Lamento que se haya llegado a una instancia de judicialización. Dar prioridad a las escuelas es una decisión política. A veces se nos identifica a los padres con una postura extrema. Lo extremo fue pasar del acuerdo del Consejo Federal al cerramos todo. Fue una decisión que se tomó no en base a datos sino a percepciones”, apunta Baratta.
Qué dice el fallo sobre el derecho a la educación
Más allá de la cuestión de la autonomía, en su presentación ante la Corte, la Ciudad planteó que los niños, niñas y adolescentes, “son sujetos de especial protección” y enumeró diversas disposiciones de los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional en las que se destaca la importancia del derecho a la educación y mencionó las recomendaciones de organismos internacionales según las cuales, frente al aumento sostenido de casos positivos, “las escuelas deben ser lo último en cerrarse debido al impacto que produce esta decisión en la continuidad pedagógica de los estudiantes”.
También planteó que la evidencia ―tanto local como internacional― da cuenta de que en la escuela los contagios son infrecuentes, y que la educación no sobrecarga el transporte público.
Por su parte, según se lee en el fallo, la Nación planteó que “la medida (de suspender clases) es razonable y proporcionada, y que no tiene por meta afectar la autonomía de la ciudad ni el derecho a la educación de los niños. Por el contrario, al efectuar la ponderación de los derechos en disputa, no hay duda de que la vida y la salud están muy por encima de la educación presencial”.
El fallo de la Corte resolvió: “La Pandemia de Covid-19 se ha extendido en el tiempo, y se ha producido un largo período de restricción de las clases presenciales de los alumnos y, probablemente, deban adoptarse nuevas decisiones al respecto. Ello obliga a definir claramente el juicio de ponderación en los siguientes términos: El Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educación, excepto cuando pueda constituirse en una causa de daños a terceros (art. 19 Constitución Nacional), siempre que no signifique una afectación esencial del derecho, lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación de calidad”, indica el fallo.
Argumentos destacados
Estos son algunos de los párrafos que resultaron más significativos para los Padres Organizados.
- “Esta situación de excepción, que habilita la restricción, no puede producir, sin embargo, una afectación esencial del derecho. Ello ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación de calidad.
- “Quien pretenda restringir el derecho, tiene la obligación de buscar primero los modos alternativos que puedan existir para evitar esa restricción pues, constituye una regla esencial del sistema, que cualquier limitación a los derechos fundamentales debe ponderar el criterio de la menor restricción posible a través del medio más idóneo disponible para asegurar la eficacia en la obtención de la finalidad”.
- “Hay un derecho humano a la educación que debe ser satisfecho en la mayor medida posible porque es el que define las oportunidades de desarrollo de una persona”.
- “El Estado no puede afectar derechos sin demostrar fehacientemente que sirven para un bien mayor”.
También aquellos párrafos del fallo que abren la puerta para entender que el fallo tiene un alcance nacional:
- “Estos criterios son aplicables a medidas adoptadas por todas las autoridades, sean de la Nación o de las provincias. Por esa razón esta Corte señaló que una Provincia no puede violar la libertad de tránsito y derechos fundamentales establecidos en la Constitución”.
- “La CABA y las provincias pueden regular la apertura de las escuelas conforme con las disposiciones de la ley 26.206 y la resolución 387/21 del Consejo Federal de Educación, priorizando la apertura y la reanudación de las clases presenciales”.
Más leídas de Sociedad
"Celebramos lo que cada uno es". "Sus caras lo dicen todo", la inspiradora amistad que nació con un saludo de muñones
“El que no salta votó a Milei”. Congregados por la defensa de la educación, una multitud descargó su enojo contra el Presidente
Del Congreso a Plaza de Mayo. Cuántas personas participaron de la marcha universitaria