Quiénes pueden recibir las tablets gratuitas de la Anses
El programa “Conectando con Vos” distribuye 140.000 dispositivos entre diferentes grupos poblacionales
El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) continúa con su programa “Conectando con Vos”, que prevé la distribución de 140.000 tablets entre distintos beneficiarios de la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social). Los grupos poblacionales que pueden recibirlas son los jubilados, monotributistas con ingresos que no superen dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, jóvenes de entre 15 y 25 años, y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), entre otros.
Es importante aclarar que las personas interesadas no se deben inscribir para recibir los aparatos, sino que “Conectando con Vos” vincula al Enacom con organizaciones e instituciones de todo el país -tales como centros de jubilados y clubes de barrio-, y son estas asociaciones las que deben definir cuántos equipos precisan y solicitar las tablets al ente nacional. Por esto, se recomienda a las personas elegibles que deseen recibir una que se contacten con las entidades correspondientes.
Los equipos serán entregados a los beneficiarios de manera gratuita y, una vez que esto ocurra, estos deberán firmar un contrato de adhesión.
El programa fue lanzado en abril de este año y estará vigente hasta 2024, aunque se prevé que pueda llegar a término antes si se reparten todas las tablets disponibles. De este modo, en caso de que el Enacom se quede sin stock, deberá informarlo en su página web.
De cualquier manera, una vez alcanzado el número de 140.000 tablets, el estatuto del programa contempla la posibilidad de ampliar la partida hasta un 35%.
Quienes pueden recibir las tablets gratuitas
- Personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años. También podrán recibirlas los miembros de su grupo familiar; es decir, padre, madre, cónyuge o conviviente.
- Personas beneficiarias de pensiones no contributivas que tengan ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas jubiladas, pensionadas o trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas inscriptas en el régimen de Monotributo Social, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Monotributistas de las categorías correspondientes a quienes tienen ingresos que no superan dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas que reciban el seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas incorporadas en el régimen de seguridad social para empleados de casas particulares (Ley N° 26.844). También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas que reciban una beca Progresar.
- Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas beneficiarias de programas sociales y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas beneficiarias del programa Conectar Igualdad.
- Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap).
- Jóvenes de entre 15 y 25 años que estén incluidos en programas nacionales, provinciales o municipales de apoyo educativo o revinculación educativa. Los programas pueden ser de nivel medio, escuelas para adultos, terciarios, universitarios u otros organismos de gestión estatal.
- Jóvenes de entre 15 y 25 años que estén inscriptos en escuelas de formación laboral, o en cursos de capacitación laboral o de oficios acreditados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Jóvenes de entre 15 y 25 años beneficiarios de los Programas de Promoción de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Jóvenes de entre 15 y 25 años que participen de proyectos culturales, deportivos, sociales, entre otros, impulsados por el gobierno nacional, o los gobiernos provinciales o municipales.
- Clubes de barrio y de pueblo registrados.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios registrados.
- Entidades de bien público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal, inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (Cenoc).
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