Condena de la Justicia. TBA deberá indemnizar a un pasajero herido
Un hombre que cayó de un tren en movimiento recibirá $ 16.400
La Justicia condenó a la empresa TBA a pagar una indemnización a un pasajero de un tren que se cayó en medio del pasillo a la altura de la estación Ciudadela, debido a una mala maniobra del maquinista, y se lastimó la pierna derecha.
De nada valieron los argumentos de la empresa acerca de que el vagón tenía pasamanos y lugares de dónde asirse.
El fallo fue dictado por los jueces de la Sala H de la Cámara de Apelaciones en lo Civil Claudio Koper, Elsa Gatzke Reinoso de Gauna y Jorge Giardulli.
La causa fue iniciada por Modesto Ureta, de 74 años, quien en primera instancia había sido beneficiado con una indemnización de 17.700 pesos, pero la víctima había apelado la medida porque consideraba escaso el monto por percibir y la empresa también la recurrió porque entendió que no se tuvo en cuenta la culpa del pasajero. Finalmente, ahora la Cámara Civil rebajó el monto de la condena a 16.400 pesos.
Modesto Ureta alegó que el 14 de julio de 2000, cuando viajaba de Liniers a Morón, cerca de Ciudadela, el maquinista frenó bruscamente y muchos pasajeros se cayeron hacia delante, incluido él, que se lastimó una pierna. Sufrió una fractura de rótula.
La empresa argumentó que no había pruebas de que el accidente hubiera ocurrido, pero Ureta presentó dos testigos, uno de los cuales dijo haberlo visto en el piso del vagón y otro afirmó que lo observó cuando lo bajaban del tren lastimado y que lo habían trasladado al hospital Santojanni.
Conclusiones
Los jueces soslayaron el argumento de la empresa al sostener que hubo culpa de la víctima porque tenía de dónde agarrase.
En ese sentido destacaron el testimonio de un pasajero que si bien admitió que el vagón tenía agarraderas, éstas estaban muy separadas y muchas de ellas estaban rotas. Por eso, los jueces concluyeron que los medios de sujeción existentes no eran los adecuados para asegurarse la protección de todos los pasajeros que viajaban parados.
De esta manera, confirmaron las condenas por incapacidad sobreviviente, daños psicológicos, gastos médicos, de farmacia, traslado y daño moral, pero redujeron el monto fijado para gastos de tratamiento kinesiológico.
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