Condenan a Entre Ríos por negar un aborto no punible
PARANÁ.- El Estado provincial fue condenado a pagarle casi medio millón de pesos a una mujer a la que se le negó la realización de un aborto no punible en un hospital público, y que tras el parto sufrió un accidente cerebrovascular.
"El aborto era legítimo porque se justificaba para proteger la salud y la vida de la mujer embarazada", entendió el juez Martín Furman en su fallo, luego ratificado por una cámara tras la apelación que planteó el Estado provincial.
La mujer, identificada como MG, acudió en varias oportunidades al sistema público entrerriano: para atender una patología cardíaca congénita en 2003; luego para que se le practique una ligadura de trompas de Falopio en 2005 tras haber tenido cinco abortos espontáneos, y finalmente, para la interrupción de un embarazo por razones médicas en 2011. Ninguna de las tres veces el Estado respondió a las peticiones y la paciente terminó sufriendo un ACV tras el parto, según se desprende del fallo.
Tanto la operación quirúrgica como la ligadura de trompas no se hicieron porque los quirófanos no estaban en condiciones para realizar las intervenciones.
En tanto que el aborto no se practicó, pese a que contaba con el aval de un ateneo de profesionales de la salud, debido a que el médico cardiólogo César Pazo irrumpió en la escena con amenazas a sus colegas en caso de que llevaran a cabo la práctica y con presuntas advertencias legales a la paciente.
Con su intervención, Pazo logró que se suspendiera la interrupción legal del embarazo, que fue -según entendió el juez- determinante para que se produzca el ACV que le dejó secuelas de por vida a la paciente.
En el fallo, recientemente ratificado por los camaristas Oscar Benedetto, Eduardo Romeo Carbó y Graciela Aída Basaldúa, se condena al Estado entrerriano a pagar 448.000 pesos a la paciente no atendida correctamente por el sistema público de salud, más 12.320,25 pesos por daños.
Furman criticó con dureza al médico Pazo, al señalar: "Interfirió indebidamente en una decisión legítima que la paciente ya había tomado para proteger su salud y su vida, violando su derecho humano a gozar del más alto nivel posible de salud".
Pazo es un médico que milita contra el aborto y que fue candidato a diputado nacional por el Partido Popular de la Reconstrucción (PPR), fundado por militares que participaron de los levantamientos carapintadas de 1990.
Para el magistrado, "la irrupción clandestina de César Pazo, quien a la postre se hizo pasar por un juez, viola el principio de confidencialidad de la paciente, previsto en el inc. d) art. 2º de la ley 26.529, por cuanto alguien, desconociendo tal derecho, le advirtió al médico mencionado para que se apersonara, actuando como lo hizo, sin tener ninguna injerencia o competencia en el tratamiento e intervenciones médicas prescriptas a MG". Según el fallo, el médico intervino por motivos ideológicos y no médicos.
Además de cuestionar al profesional, el juez también tuvo reproches hacia las médicas Susana Spiegel, por haber sugerido una derivación de la paciente a otra entidad, y Romanela Montenegro, por haber decidido suspender la cirugía.
"El Estado -dice el fallo en primera instancia, luego ratificado por el tribunal-, en lugar de garantizar el acceso de MG a una práctica permitida por ley, la revictimizó, la expuso a situaciones de maltrato y violencia institucional, la obligó a llevar a término un embarazo contra su voluntad expresa y le exigió arriesgar su salud y su vida, todo lo cual le provocó enormes daños morales y físicos que también afectaron a su marido y a su hijo".
Consideró la Justicia entrerriana: "Todas estas consecuencias dañosas deben ser reparadas por el Estado y esta reparación debe ser ejemplar, a fin de desincentivar prácticas violatorias de los derechos humanos, como la ocurrida en el presente caso". Y advirtió: "Una decisión en contrario, constituiría una nueva violación a sus derechos humanos que haría incurrir al Estado argentino en responsabilidad internacional".
"Pazo y Montenegro -cuestiona el juez- se impusieron a todo el sistema de salud organizado en el Hospital San Martín, logrando ilícitamente la suspensión de la cesárea y la derivación de la paciente a una entidad lejana".
Esta interrupción del aborto programado no fue consentida por MG. Sin embargo, el Ministerio de Salud, en la gestión anterior del gobierno de Sergio Urribarri, "para disimular su evidente responsabilidad, emitió un comunicado donde sostuvo que la paciente MG había desistido voluntariamente de la cesárea, para continuar con su embarazo", reprochó el juez Furman.
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