Un juez porteño declaró ilegal la instalación de rejas en Plaza de Mayo
El juez porteño Osvaldo Otheguy declaró ilegal la instalación de rejas en la Plaza de Mayo que el gobierno de la ciudad efectuó durante la última remodelación del histórico paseo.
El magistrado, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 8, sostuvo que las colocación de las rejas viola un artículo del Código de Planeamiento Urbano que establece que en el espacio propio de la Plaza de Mayo solo se permiten trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes, y que todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo del Plan Urbano Ambiental (Copua) y ser aprobado por ley.
En el fallo, el juez otorgó "a la demandada un plazo de 90 días contados a partir de que la presente sentencia quede firme, para la sanción de una ley que apruebe la instalación de las rejas en la Plaza de Mayo, de modo tal que cumpla con el artículo 4.1.2.2.1 del recientemente sancionado Código Urbanístico, aprobado por la ley N° 6099".
Si esa ley no prosperara en el plazo estipulado, que empezará a regir cuando la sentencia quede firme, es decir, luego de todas las instancias de apelación posibles, el gobierno porteño deberá retirar las rejas para concretar "el restablecimiento del estado anterior de la Plaza de Mayo".
Consultados, desde el gobierno de la ciudad respondieron a la nacion que no fueron notificados sobre la resolución del juez Otheguy, por lo que todavía no analizaron los pasos a seguir.
Las rejas permanentes, que cortan la plaza en dos a la altura del eje de las calles Reconquista y Defensa, reemplazaron a las vallas móviles antidisturbios que se desplegaban habitualmente desde 2001 para frenar las protestas frente a la Casa Rosada. El enrejado tiene un sistema de plegado que permite el flujo del tránsito y el paso de peatones salvo cuando se decide cerrarlo por cuestiones de seguridad.
Su colocación por detrás de la Pirámide de Mayo, que empezó en mayo del año pasado durante las tareas de reforma integral de la plaza, provocó entonces el desconcierto de los peatones y las críticas de especialistas en patrimonio. El espacio fue declarado monumento histórico nacional y área de protección histórica.
Luego de la inauguración del enrejado, se sumaron las quejas de los comerciantes de los alrededores, hartos de que los habituales operativos cerrojo impidieran la circulación peatonal por la zona y perdieran clientela.
La causa judicial fue impulsada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y el Observatorio de Patrimonio y Políticas Públicas.
Según alegaron desde el Observatorio de Derecho a la Ciudad, el sitio se encuentra protegido por normativas específicas del Código Urbanístico que establecen que en la Plaza de Mayo solo se permitirán trabajos de conservación del espacio y los elementos preexistentes. Cualquier modificación que se pretenda hacer, como se dijo, debe ser aprobada por la Legislatura.
La sentencia admitió los argumentos de los demandantes y declaró "la ilegitimidad de la instalación de rejas en la Plaza de Mayo por haberse realizado sin respetar el artículo 4.1.2.2.1" del mencionado código.
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