El secretismo de la política exterior en derechos humanos
La Cancillería argentina acaba de denegar un pedido de acceso a la información pública amparándose erróneamente en el artículo 8 inciso a) de la Ley 27.275, donde se establece que “los sujetos obligados sólo podrán exceptuarse de proveer la información cuando se configure alguno de los siguientes supuestos: a) información expresamente clasificada como reservada o confidencial o secreta, por razones de defensa o política exterior”.
De esta manera, la Dirección de Organismos Internacionales, a cargo de Gerardo Abel Díaz Bartolomé, respaldado por la Secretaría de Relaciones Exteriores, cuyo titular es Pablo Anselmo Tettamanti, respondió que “atento la solicitud de información pública iniciada por el Sr. Gabriel Constancio Salvia (DU 17.212.349), en el marco de la Ley 27.275 de “Derecho de Acceso a la Información Pública”, obrante en IF-2022-14330676-APN-DNAIP#AAIP en la que el requirente manifiesta: “Solicito el registro histórico desde 2006 a 2021 de las votaciones de la República Argentina en la Asamblea General de la ONU de todas las candidaturas que se presentaron para integrar el Consejo de Derechos Humanos. Si bien la ONU estableció que la votación es secreta, en un país democrático sus ciudadanos/as tienen el derecho de conocer cómo votó su país las candidaturas que se presentaron para integrar un organismo que debe velar por el respeto universal de los derechos humanos y someterse los gobiernos de turno al escrutinio público”. Asimismo, la respuesta de la Cancillería argentina menciona que “el requirente agrega que su perfil sería ONG”.
La ONG a la que pertenece el solicitante es Cadal, organización que viene documentando que países con políticas de Estado que criminalizan el ejercicio de los derechos humanos, como China, Rusia y Cuba, vienen ocupando de manera permanente una silla en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU por todo el tiempo que le permite la resolución que creó este organismo, gracias a los votos que reciben en la Asamblea General. ¿Habrá sido el de la Argentina uno de esos votos?
Por ejemplo, Rusia fue electa en 2006, año en el que se creó el Consejo de Derechos Humanos, por 137 votos de un total de 193. En 2009 fue reelecta con 146 votos. En 2013 Rusia fue nuevamente electa, esta vez con 176 votos y reelecta en 2016 con 112 apoyos. En 2020 obtuvo 158 votos para un nuevo período, entre 2021 y 2023. Como se permite solo una reelección inmediata, Rusia no integró el CDH solamente durante los años 2013 y 2020.
En todos los años que Rusia estuvo en el CDH su situación interna de derechos humanos no mejoró, sino que empeoró, como lo reflejan los informes de las principales organizaciones internacionales, por ejemplo los de Human Rights Watch, Amnistía Internacional, Freedom House, Civicus y Bertelsmann Foundation. La misma situación de Rusia se aplica a China y Cuba, las otras autocracias que llevan más cantidad de años en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
Pero el Ministerio de Relaciones Exteriores, que en su sitio de internet postula que “los derechos humanos como política del Estado argentino constituyen uno de los pilares fundamentales de la política exterior argentina desde el regreso de la democracia” y “que su defensa e impulso constituyen ejes centrales de la política exterior de nuestro país”, le niega a su ciudadanía la posibilidad de informarse si actúa en consecuencia a su declamada política ante la votación de candidaturas al Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
La Cancillería argentina alega que “las instrucciones de votación de candidaturas para integrar el Consejo de Derechos Humanos tienen carácter reservado o confidencial. Lo anterior atiende a razones de política exterior, atento su divulgación podría generar un perjuicio significativo al vínculo bilateral entre la República Argentina y los diversos Estados que, habiendo presentado su candidatura al Consejo de Derechos Humanos, pudieran no haber recibido el voto argentino, toda vez que ´al elegir a los miembros del Consejo, los Estados Miembros deberán tener la contribución de los candidatos a la promoción y protección de los derechos humanos y las promesas y compromisos voluntarios que hayan hecho al respecto´ (párrafo 8 de la resolución 60/251 de la Asamblea General)”.
Los funcionarios de la Cancillería contradicen lo que aclara el artículo e inciso de la ley de acceso a la información pública que citan: “La reserva en ningún caso podrá alcanzar a la información necesaria para evaluar la definición de las políticas de seguridad, defensa y de relaciones exteriores de la Nación; ni aquella otra cuya divulgación no represente un riesgo real e identificable de perjuicio significativo para un interés legítimo vinculado a tales políticas”.
Es decir, ¿cómo evaluar la coherencia de la política exterior en derechos humanos si la ciudadanía argentina no puede informarse sobre cómo vota las mencionadas candidaturas? ¿Es mayor el riesgo y el perjuicio de las votaciones frente a otros países que la negación del derecho de sus propios ciudadanos a informarse? ¿No es esto último una violación de un derecho humano en un país democrático?
Por otra parte, con la creación del Consejo de Derechos Humanos de la ONU se estableció el mecanismo del examen periódico universal mediante el cual se evalúa a todos los países que integran este organismo y que incluye un diálogo interactivo en el cual se pueden formular observaciones y recomendaciones al país examinado. Toda esta información es pública y salvo que las posiciones de la República Argentina hayan sido complacientes, en contraposición a la Memoria del país y la defensa de los derechos humanos que se declama, no se conoce que de dichas intervenciones se haya producido un “perjuicio significativo” o afectado la relación con algún país.
Finalmente, frente a esta actitud de secretismo y falta de compromiso valiente en la defensa de los derechos humanos por parte de la Cancillería argentina, sería interesante conocer qué opinan las altas autoridades que estuvieron en el Ministerio de Relaciones Exteriores desde 2006 hasta el gobierno anterior.
Director General de Cadal