Un ataque serial a la República
La investigación de la muerte del fiscal Nisman se vio amenazada desde un principio por una serie de ataques a garantías constitucionales que resultan esenciales para la República. El proceso se inició en una clara violación al principio del Juez Natural y continuó sin respetar las reglas del Debido Proceso, el Derecho a la Verdad y la División de Poderes. Todo ello quedó claro en la resolución dictada recientemente por la Cámara del Crimen, que dispone que el trámite de la causa continúe en el fuero federal. Se trata de un paso hacia adelante para el esclarecimiento del crimen y un paso de mayor importancia para la defensa de las garantías constitucionales del país.
Como fundamento de tal decisión la Cámara consideró que existen razones plausibles para dar crédito a la hipótesis sostenida por los querellantes en cuanto a que Nisman fue asesinado y que, en consecuencia, tratándose de un magnicidio, la investigación debe continuar en el fuero federal. Se señaló también que ese fuero debió intervenir desde el principio, "ipso facto", según textualmente se lee en el voto del presidente del tribunal.
Lo decidido por la Cámara implica hacer realidad la garantía del Juez Natural que consagra nuestra Constitución. Como se sabe, este principio prohíbe que se elija el Juez o el Fiscal que debe intervenir en la causa, que fue precisamente lo que se hizo en este caso.
En flagrante violación de esta garantía, los funcionarios de las fuerzas de seguridad que encontraron muerto al fiscal Nisman, no dieron intervención al fuero federal como hubiera correspondido. Se trataba de la muerte de un fiscal general que estaba investigando el atentado terrorista más grave sufrido por nuestro país en toda su historia y que más víctimas de origen judío causó desde la Segunda Guerra Mundial; que acababa de denunciar penalmente a la Presidenta de la Nación y al canciller, entre otros, por el encubrimiento de ese atentado y que, al día siguiente, concurriría al Congreso para explicar los fundamentos y la prueba de su denuncia. A pesar de ello y a que era evidente que el hecho era de competencia federal, se dio intervención a Viviana Fein, la fiscal del fuero de la Justicia Nacional Penal ordinaria de la ciudad de Buenos Aires, que estaba próxima a jubilarse. Así fue como se evitó que la investigación cayera en manos del fiscal federal que se encontraba de turno y que en casos anteriores se había mostrado poco dócil o permeable a las presiones de los miembros del Poder Ejecutivo que gobernaba por entonces.
Pero la garantía del Juez Natural no fue, tal como se adelantó, la única que se vulneró en el proceso dirigido por la fiscal Fein. En una filmación que hizo pública un canal de televisión, todos pudieron ver a esa misma funcionaria pisotear la escena del crimen, contaminar ella misma el lugar del hecho y dejar que numerosas personas también lo hicieran. Pero lo que pisoteaba Fein no eran sólo las huellas del crimen, sino que, y esto es lo más grave, con su indolencia y negligencia pisoteaba la garantía del debido proceso especialmente consagrada en la Constitución Nacional.
Pero lo ocurrido en Le Parc fue tan sólo el adelanto de lo que hizo después mientras tuvo a su cargo la dirección de la investigación. Tal como lo dijo expresamente la Cámara, la fiscal Fein direccionó la prueba hacia la hipótesis del suicidio descartando o desvalorizando la que pudiera acreditar el homicidio. Cuando ello sucede, dijo también el Tribunal, aparece la incertidumbre y desaparece el sentimiento de justicia. Tan grave y evidente fue lo que hizo durante el proceso, que en esa misma resolución los camaristas -en una decisión poco usual- ordenaron que se envíen los antecedentes del caso a la Procuración General de la Nación para que se evalúe la conducta o, mejor dicho, la inconducta de Fein. Ya lo había dicho Fabiana Palmaghini, la jueza de Instrucción que interviene en la causa, al señalar que la conducta de Fein no respetaba las mínimas reglas del debido proceso.
Fein direccionó la prueba hacia la hipótesis del suicidio descartando o desvalorizando la que pudiera acreditar el homicidio.
Pero los atropellos de Fein no sólo violaron la garantía del debido proceso, sino que fueron el principal obstáculo para conocer la verdad. Toda persona, por el sólo hecho de serlo, tiene derecho a la verdad. El acceso a ella resulta inherente a la condición humana y así es reconocido en los pactos internacionales de derechos humanos que integran el bloque constitucional sobre el que se asienta la República. En un proceso que se conduce con notoria parcialidad, direccionado exclusivamente hacia la hipótesis del suicidio, tal como lo hizo Fein, resulta imposible llegar a la verdad.
Esta verdad, que las hijas de Nisman necesitan y reclaman, consiste en saber como murió su padre, y ello es lo que, debido a las irregularidades señaladas, se dificultó desde un principio.
Finalmente no se puede dejar de señalar que, también desde el inicio, en este proceso se vulneró el principio de la división de poderes que da forma a la República.
No puede pasar al olvido que desde los más altos cargos del Poder Ejecutivo se afirmaba que Nisman se había suicidado o que lo habían asesinado. De esa manera se adelantaban los resultados de una investigación que recién daba sus primeros pasos, con evidente desprecio y flagrante infracción a la norma constitucional que prohíbe que el Ejecutivo se entrometa en asuntos judiciales.
La fiscal Fein también hizo lo suyo para que este principio fuera vulnerado. Permitió desde el inicio que la Policía Federal y la Prefectura Naval intervinieran en la investigación, a pesar de que no se podía descartar que los miembros de esas fuerzas de seguridad, dependientes del Ejecutivo, pudieran tener responsabilidad en el hecho, al igual que los miembros o allegados al Gobierno que el fiscal asesinado acababa de denunciar.
El principio de la división de poderes estará destinado en estos casos, a ser únicamente una fórmula republicana carente de contenido y efectividad, si no se provee a la Justicia de medios de investigación idóneos e independientes del Ejecutivo, tal como recientemente lo reclamó el presidente de la Corte Suprema de Justicia en la apertura del año judicial, y lo señalaron también los camaristas en su resolución. De lo contrario, la posibilidad de que el poder se investigue a si mismo, continuará siendo casi nula.
A pesar de que en el proceso se violaron sistemáticamente las garantías del Juez Natural, del Debido Proceso, del Derecho a la Verdad y de la División de Poderes; de que la investigación se orientó desde un principio a acreditar que Nisman se suicidó y a ocultar el homicidio, la verdad emerge con la fuerza de la realidad y de un pronunciamiento de la Cámara del Crimen que reconoce lo que todos saben: a Nisman lo mataron.
* El autor es abogado penalista querellante en la causa por la muerte de Nisman.