Antes de comprar, algunas precisiones
La mitad de la ciudad admite torres
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Si alguien se muda a una torre para disfrutar de las vistas o construye su casa para tener un entorno con mucho sol, ¿cómo hace para prever que no se construya otra torre que modifique esa situación?
En principio, se puede saber que si una zona está consolidada con edificios, ésa es la situación predominante. En cambio, si la zona es de casas bajas, es probable que se pueda insertar una torre, a menos que haya una restricción.
El arquitecto Jorge Hampton, del estudio Hampton-Rivoira, considera que, a grandes rasgos, "la mitad de la ciudad está catalogada en el Código de Planeamiento Urbano como R2 B2, que es de densidad media y baja, y que teóricamente permite la construcción de torres; y el resto como zonas U, que para preservarlas están muy reguladas".
En el Código se establece la zonificación según el uso asignado a cada espacio. Cualquier persona puede consultarlo, pero para su análisis es recomendable la mirada adiestrada de un profesional.
Además, para saber con exactitud las características de una parcela y la manzana, es necesario que el profesional consulte en la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro (Dgfoc) y, si se necesita alguna aclaración, debe recurrir a la Dirección General de Interpretación Urbanística.
Precisamente, una fuente de esta Dirección explica que "es muy común que los vecinos se quejen porque les construyen una torre muy cerca", y también asegura que "si el vecino es lindero, tiene protección legal y puede asistir con la escritura, y pedir el expediente para comprobar el tipo de obra en ejecución".
Según la palabra de Julián Bonta y Adrián Donozo, del estudio Bonta-Donozo: "La incertidumbre la tienen también los inversores que compran un terreno para levantar un edificio y, al terminar la construcción, se encuentran con que la situación del entorno cambió". Y afirman: "Cuando realizamos un proyecto hacemos una evaluación urbanística, comercial y financiera; para que haya menos riesgos".
En definitiva, todo está especificado en el Código y hay datos verificables: zonificación, el pulmón de manzana, el Factor de Ocupación Total (FOT), la línea de frente interno (superficie por ocupar), entre otras cuestiones. Y no se prevén excepciones, a menos que exista una ley de la Legislatura con audiencia pública incluida.



