Graciela Christe: "Hay cientos de casos similares"
"El fallo es auspicioso. Se ha puesto en la agenda pública el tema del derecho a la vivienda digna de sectores carenciados. La Corte ya se había expedido sobre temas como salud, seguridad social, alimentación o bienestar en el trabajo, por ejemplo. Esta es la primera vez que se expresa respecto de la cuestión habitacional", indicó Graciela Christe, defensora oficial de Sonia Quisberth Castro, la mujer con un hijo discapacitado a la que el máximo tribunal ordenó otorgar una solución a su problema habitacional.
"Sonia Quisberth Castro pertenece a los grupos de pobreza crítica a los que hace referencia el artículo 31 de la Constitución de la ciudad de Buenos Aires. Y este fallo es una muy buena noticia para el fuero Contencioso Administrativo de la ciudad de Buenos Aires, en el que hay cientos de casos similares", indicó la defensora.
Según los cálculos de Christe, hay en el distrito unos 600 casos similares en distintos grados de ejecución. En el Ministerio de Desarrollo Social de la ciudad indicaron que tienen registrados cinco casos que podrían asimilarse al fallo emitido por la Corte.
Es que el fallo se encuadraría en atender a todas aquellas personas que requieren prestaciones habitacionales y padecen de pobreza crítica, según Christe.
"Casos análogos"
"No todos tienen la misma condición de este caso. La Corte es muy clara: resuelve éste y es extensible a todos aquellos casos análogos. Pero también pone en la agenda judicial el caso del problema del derecho a la vivienda para quienes padecen de pobreza crítica", agregó.
La defensora pública porteña puso como ejemplo un leading case que obligó al estado de Nueva York, en los Estados Unidos, a mejorar la calidad de la educación en las escuelas públicas.
"No tiene que ser inmediato. En Nueva York cambiar las cosas demandó un proceso de 10 años. Sin embargo, con sucesivas indicaciones y sentencias, similar a lo que sucede con el caso Mendoza por el saneamiento del Riachuelo, se fue cambiando la tendencia. «No contar con computadoras y bibliotecas no es dar educación de calidad; no tener una buena estructura edilicia no es tener educación de calidad.» Y así se fue instaurando que la calidad educativa requería presupuestos mínimos necesarios para garantizarla", contó Christe.
La Corte indicó en el fallo que se difundió ayer que el Estado porteño debía darles una solución habitacional a la mujer y a su hijo. "Solución habitacional no quiere decir que le tenga que dar una vivienda en propiedad, pero debe ser con cierta estabilidad. Los planes que da el gobierno no tienen una continuidad como el que esta familia y otras necesitan", indicó.
Quisberth Castro y su hijo no están incluidos en ningún plan de viviendas . La defensora sostuvo que los "paradores" no constituyen una solución definitiva. La mujer recibe un subsidio para pagar el hotel donde vive; otro por la discapacidad de su hijo, que la obliga a atenderlo constantemente, y otras ayudas que, juntas, suman unos 3000 pesos. El caso se inició en 2005 y había llegado al Tribunal Superior de Justicia porteño, que revocó un fallo favorable en primera instancia. La Corte le dio la razón a la mujer.