Le dijeron que no podía criar a su hija por su discapacidad intelectual, pero la Justicia fijó otro criterio y le designó apoyos
La mujer de 38 años podrá cuidar a la niña con la asistencia de sus padres; se trata de un nuevo caso en el que un derecho elemental de una persona con discapacidad se define en un juicio
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¿Qué pasó? La Justicia decidió que una mujer de 38 años con discapacidad intelectual, madre de una nena de 4 años, podrá criar a su hija pero deberá hacerlo con el apoyo de sus padres. Es decir, los abuelos de la niña.
Previamente, los padres de la mujer habían iniciado un juicio para que la Justicia determinara la capacidad jurídica de su hija cuando ella estaba embarazada. En la sentencia, el juez decidió, además, suspenderle el derecho de criar a su hija, pero un tribunal de apelación revocó esa decisión.
¿Por qué es importante? El caso expone las dificultades que tienen las personas con discapacidad para ser consideradas capaces de tomar decisiones de manera autónoma. Este derecho está protegido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
- Puntualmente, en su articulo 19, establece el derecho a la vida independiente y la obligación del Estado de garantizar los apoyos que la persona necesite para alcanzar su autonomía.
Otros reclamos. No es la primera vez que personas con discapacidad tienen que recurrir a la Justicia para poder ejercer derechos elementales que hacen a su vida autónoma.
Es lo que tuvo que hacer Clara Goitía, una mujer de 41 años con parálisis cerebral, para que la Justicia dejara sin efecto una sentencia de 2006 que la había declarado insana y le había quitado el derecho de tomar sus propias decisiones. En 2019, Clara logró revertir esa situación después de un juicio que llevó más de dos años.
- “La sociedad sigue sin tenernos en cuenta. Hay prejuicios y desconocimiento sobre muchas discapacidades”, dijo clara el año pasado durante una entrevista.
También es lo que tuvo que hacer en 2025 Mateo Valente, un joven de 18 años con síndrome de Down. Tuvo que denunciar que un juez había resuelto su pase de una escuela común a una especial sin haber tenido en cuenta su deseo de seguir estudiando en un colegio común, negándole el derecho a una educación inclusiva. La Justicia revirtió el fallo el año pasado.
- “Gracias señor juez, voy por mi título”, le escribió Mateo al magistrado una vez que consiguió vacante en una escuela común, según le contó a LA NACION apenas retomó las clases en marzo pasado.
La duda que llevaron a la Justicia. En 2020, los padres de la mujer, de 38 años, vecina de la ciudad de Buenos Aires y con discapacidad intelectual entre leve y moderada, se enteraron de que su hija estaba embarazada. Fue ahí cuando iniciaron un trámite judicial para que la Justicia determinara la capacidad jurídica de su hija. La causa recayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en la Civil N° 102.
El objetivo del proceso era definir qué acciones de la vida cotidiana podía ejercer la mujer de manera autónoma y cuáles no. Para hacerlo, intervinieron peritos especializados. Durante todo el juicio intervino la Defensoría Curaduría N°4 para ejercer la defensa técnica de la mujer.
Tras conocer a su defendida, la Defensoría pidió que se le otorgaran apoyos para que pudiera maternar a su hija, nacida en 2021, porque tenía ciertas dificultades para hacerlo en forma autónoma. Estos apoyos, sugirieron, podían ser los padres de la mujer, quienes vivían con ellas.
“Al pedir apoyos para la mujer, no estábamos pidiendo nada descabellado. Todas las personas que ejercen la tarea de criar y cuidar a sus hijos necesitan ayuda en algún momento”, sostiene Agustín Rivero, el defensor público coadyuvante a cargo de la Defensoría Pública Curaduría N° 4.
El fallo que la inhabilitó como madre. El fallo se conoció en junio de 2025 y suspendió el ejercicio de la función parental de la mujer sobre su hija, otorgándosela a los abuelos de la niña.
Esto significaba que la pareja podía tomar decisiones sobre la vida de su nieta sin consultar a su hija, la madre de la niña. En el fallo, el juez sostuvo que no estaba previsto que la responsabilidad parental, es decir, el acto de criar y cuidar a los hijos, pudiera ejercerse con apoyos. “Me pareció drástico y duro el fallo”, reconoce el defensor.
En su sentencia, el juez también le restringió la posibilidad de tomar decisiones básicas sobre su propia economía: ya no podía manejar su dinero, cobrar un beneficio previsional, pedir un crédito ni firmar un contrato por sí misma.
Una decisión “desproporcionada”. La Defensoría sostuvo que la suspensión de la función parental era desproporcionada, ya que suele tomarse ante casos extremos. Sin embargo, la madre de la niña tenía diagnóstico de discapacidad intelectual entre leve y moderada.
También añadió que el fallo era discriminatorio y perjudicial tanto para la mujer como para su hija. Y recordó que, según lo dispuesto por la Convención, todas las personas tienen derecho a contar con apoyos y ajustes razonables para llevar adelante las acciones y funciones que hagan a su cotidianidad.
¿Cuándo se resolvió el caso? En febrero de este año, la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil hizo lugar a la apelación y le restituyó a la mujer el derecho de criar a su hija. Además designó a sus padres, es decir, los abuelos de la niña, como apoyos para esa tarea.
- En la sentencia de segunda instancia puede leerse que “no existe en la actualidad impedimento suficiente para disponer la suspensión de tal derecho”.
Cuáles son las barreras que les impiden ejercer derechos. Las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que las personas sin discapacidad. Sin embargo, en los hechos, existen barreras físicas, económicas y culturales que, muchas veces, les impiden ejercerlos.
Para muchas de estas personas, estudiar o trabajar, por citar solo dos derechos elementales, son sueños difíciles de alcanzar.
- Dos datos resultan muy gráficos: solo el 9% de las personas mayores de 18 años o más con CUD tiene un trabajo formal. Mientras que cerca del 40% de los chicos con discapacidad estudian segregados en escuelas especiales.
Más información
- Si querés conocer cuáles son las prestaciones, servicios y derechos que tienen las personas con discapacidad, podés navegar por la guía que armó el equipo de Fundación LA NACION.
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