Los peligros de los préstamos bancarios obtenidos a través de la manipulación informática
Las denuncias por estafas bancarias crecieron un 3000 por ciento en el país durante la pandemia
El factor humano se encuentra en desventaja en comparación con el tecnológico. El cibercrimen avanza y las medidas que se toman para hacerle frente llegan tarde, y por eso no suelen lograr su principal cometido: la prevención.
Durante 2020 las denuncias por estafas bancarias crecieron un 3000% en el país y se estima que el 28% de los argentinos recibió una estafa bancaria a través de su correo electrónico. Ello se debe en gran parte a la pandemia y a la necesidad de realizar las operaciones bancarias de manera digital, dando lugar a que se amplíe el fraude bancario.
Una de las maniobras delictivas más comunes en nuestros días es el phishing (pesca de incautos) en donde se engaña a las víctimas para que revelen información y así solicitar préstamos o acceder a sus fondos, para luego efectuar transferencias a terceros produciendo el menoscabo patrimonial.
Suele ocurrir que las víctimas, una vez que advierten el desfalco, interponen una denuncia para que se investigue el delito de defraudación por manipulación informática y procuran endilgar responsabilidad penal a la entidad bancaria por el manifiesto incumplimiento de sus deberes de vigilancia y control a fin de mitigar el perjuicio económico que sufrieran producto de la estafa.
El BCRA ha reiterado la imposición a las entidades bancarias a contar con “mecanismos de seguridad informática” que garanticen la confiabilidad de la operatoria. Así, las entidades bancarias, en su carácter de proveedores especializados en ofrecer y brindar servicios financieros, deben asumir una responsabilidad mayor.
Ante este problema, la Justicia ha comenzado respaldar a las víctimas, ordenando a los bancos que se abstengan de realizar actos que signifiquen la realización de débitos en su cuenta con respecto a los préstamos que no fueran solicitados por ellos, siempre y cuando se encuentren verificados dos requisitos básicos, a saber: verosimilitud en el derecho y peligro en la demora. Se ha explicado por ejemplo que: “El derecho es verosímil porque el querellante acreditó que comunicó a la entidad bancaria que no estaba interesado en un crédito y hay peligro en la demora por cuanto el descuento de cuotas y la información que lo haga figurar como deudor le traen un perjuicio actual, que debe ser evitado hasta tanto se esclarezca lo sucedido” (ver Res. 13/05/2021, CN° 20.575/2021, “N.N. s/Estafa. Damnificado: F.C.D”, Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 34).
Pareciera que la Justicia está dando una adecuada respuesta, pero las entidades bancarias, frente a la vulnerabilidad y a los peligros expuestos, necesariamente deberán implementar exhaustivos mecanismos de prevención y control para mitigar los riesgos, teniendo principalmente en mira proteger los derechos de los usuarios.
Los autores son especialistas en derecho penal
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