Cuándo y cómo será la próxima recategorización del monotributo
La AFIP anunció que el miércoles 28 habilitará el trámite; cuánto tiempo habrá para hacerlo y cuáles son los valores que deberán tenerse en cuenta
Luego de que anoche se aprobó la nueva ley del monotributo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy que habilitará la recategorización de los contribuyentes el miércoles 28 de julio. Habrá tiempo para hacer el trámite hasta el 17 de agosto, en tanto que el vencimiento de la cuota correspondiente al octavo mes del año se traslada al 27 de agosto. El importe de la nueva categoría, en caso de quienes se reubiquen en la tabla, es el que deberá ser pagado entre el mes próximo y enero de 2022. El cambio no tiene efectos, por lo tanto, sobre la cuota de julio.
De acuerdo con la iniciativa votada anoche en el Senado de la Nación, a partir de este mes los topes de facturación anual en cada escalón de la tabla serán las siguientes: categoría A: $370.000; B: $550.000; C: $770.000; D: $1.060.000; E: $1.400.000; F: $1.750.000; G: $2.100.000; categoría H (la máxima para la actividad de prestación de servicios): $2.600.000. En los tres escalones en los que solo pueden estar quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los importes serán: categoría I: $2.910.000; J: $3.335.000, y K:$3.700.000.
La suba de los importes, adicional a la que se había aplicado en junio, pero con vigencia desde enero, provocará que personas que quizá hubieran tenido que subir de categoría si seguía rigiendo la tabla anterior, ahora no deban hacerlo. O que, por ejemplo, alguien que iba a quedarse donde estaba, ahora baje de escalón. Todo depende, claro, de cómo le haya ido con sus ingresos.
Los nuevos valores son los que deberán ser tomados en cuenta para la anunciada recategorización, que es una obligación que todos los años debe cumplirse en los meses de enero y julio, pero que a principios de este mes quedó suspendida, dado que estaba pendiente la aprobación del proyecto ingresado al Congreso en junio, para corregir aspectos de una ley votada en abril. El trámite, a cargo de cada contribuyente, implica comparar los ingresos de los últimos 12 meses con los que están admitidos en cada categoría, para determinar si se debe ir a otro casillero o seguir en el que se está.
Algo que no se modificó, respecto de lo que ya se había establecido para el semestre de enero a junio, es el valor de los otros parámetros que rigen para determinar si un contribuyente puede ser monotributista y cuál es la categoría en la que debe estar. Así, los alquileres devengados anualmente tienen un límite de $423.667,03 en las categorías más altas (de la H a la K), en tanto que el precio unitario máximo en la actividad comercial es de $39.401,62 (en este último caso no se diferencia el monto según rango de ingresos).
Por efecto de la ley 27.618, aprobada en abril último, los valores de la tabla del sistema (tanto de los importes a pagar como de las facturaciones máximas de cada categoría) se habían incrementado con efecto desde enero de este año, en igual porcentaje de suba que tuvo el haber mínimo previsional en 2020, es decir, en un 35,3%. La normativa votada anoche vuele atrás con los reajustes retroactivos de las cuotas, que habían generado deudas de los contribuyentes con el fisco, y mantiene los valores incrementados en el caso de los topes de ingresos. Así, durante el actual 2021 hay dos tablas del monotributo: una correspondiente al primer semestre y la otra, al segundo.
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