Prorrogan la presentación y el pago de Ganancias y Bienes Personales
La AFIP extendió por diez días las fechas para entregar las declaraciones juradas y abonar esos impuestos; según la terminación del CUIT, será entre el 21 y el 26 de este mes
Los contribuyentes tendrán un poco más de aire para pagar sus impuestos. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó ayer por diez días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y, en caso de corresponder el pago, de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
En un comunicado, el organismo que conduce Alberto Abad estimó que "el vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores".
Según el número de terminación del CUIT, las nuevas fechas de pago varían entre el 21 y el 26 de este mes. El nuevo calendario se puede visitar en www.afip.gob.ar.
"¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?", se autoconsultó la AFIP en el comunicado en forma aclaratoria. En cuanto al impuesto a las ganancias, dijo, "los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas)". En tanto, en relación con Bienes Personales, quienes al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que valuados según la normativa vigente superen los 305.000 pesos.
La semana pasada, la AFIP subió el piso de los ingresos brutos anuales a partir del cual los empleados en relación de dependencia y los jubilados deben cumplir con el régimen de información por los impuestos a las ganancias y bienes personales. A partir de la resolución general 3839 publicada en el Boletín Oficial, prácticamente se duplicó el parámetro de referencia. A partir de ahora, deberán informar el detalle de bienes aquellos individuos con ingresos brutos anuales de $ 200.000 (antes 96.000). Mientras que para la declaración jurada referida a los ingresos, gastos, deducciones y pagos a cuenta de ganancias la referencia se elevó de $ 144.000 de ingresos en 2014 a 300.000 anuales.
Mediante la resolución 3838, a su vez, la AFIP presentó el nuevo aplicativo para la liquidación de ganancias, que incluye algunas correcciones.