
El robo de las señales de tránsito
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Los carteles de señalización del tránsito que se alzan a la vera de las rutas y caminos del país tienen varias finalidades: indicar las maniobras permitidas y las prohibidas, dar cuenta de las velocidades máximas y mínimas y, asimismo, alertar sobre los probables inconvenientes u obstáculos con los cuales habrán de encontrarse los conductores y aún están fuera de su campo visual. Se infiere que los carteles son de buena calidad y cumplen con el propósito para el cual han sido instalados.
Quien los respeta y acata se moviliza con más seguridad en un terreno que, hoy por hoy, es riesgoso a causa de las inconductas viales y del estado de nuestras rutas y caminos. Sin embargo, no pocos desaprensivos se ocupan, sin empacho alguno y en flagrante demostración de incultura cívica, de robarlas o dañarlas. Esto ha llevado, en algunos casos, a utilizar carteles de mala calidad, de modo de atenuar el daño económico. Un gran error, por cierto, desde el momento en que, a raíz del riesgo de que sean robados, las autoridades prefieren gastar menos sin reparar en que, al brindar un peor servicio, crece el riesgo de accidentes de tránsito.
En la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, cada cuatro horas uno de esos viles rateros se apodera de alguna señal. Esas ilícitas maniobras tienen diversas finalidades: por ser de chapa galvanizada y, por ende, resistentes, hay quienes las utilizan para soportes de los motores de autos de carrera; otros construyen con ellas refugios para el ganado; otros, las emplean para fabricar muebles rústicos y, por fin, no faltan quienes las toman por blanco de los disparos de armas de fuego.
Ninguno de ellos tiene en cuenta que, en este caso específico, la reposición de cada uno de esos carteles le cuesta entre 500 y 1300 pesos a la Dirección de Vialidad Bonaerense, responsable de su colocación y mantenimiento a lo largo de los 11.000 kilómetros de la red provincial de rutas y caminos. Al margen de esto, las vías nacionales de tránsito también son víctimas de tan irreflexivas intervenciones.
Así descriptas, estas acciones inducirían a inferir que son francamente delictivas. Pero los jueces que han intervenido en estos casos han tenido dificultades para tipificarlos penalmente. En principio, se estaría ante la figura de daño agravado que, en realidad, sólo sería aplicable cuando se trata de señales taladradas a tiros, porque en las otras variantes no habría daño, sino apoderamiento para darles distintos usos, por lo cual correspondería encuadrarlos en el hurto o en el robo simples.
Sea como fuere, el exclusivo acto de atentar contra un objeto que propende al bien público es una muestra más de una llamativa incapacidad para la convivencia social, cuando no de ignorancia.
Los carteles de señalización no están donde están por capricho o adorno. Prestan un invalorable servicio a la comunidad. Su ausencia entraña serios riesgos para los conductores. Razones sobradas hay, pues, para que si la legislación en vigor plantea dudas sobre cómo punir a quienes los dañan o roban sean tomadas las medidas que correspondan para corregirla, hacerla más severa y tornar factible que todo el peso de la ley recaiga sobre los ladrones.






