Elecciones: previsibilidad versus oportunismo
Pretender aplicar reformas electorales para que rijan dentro de un mismo período gubernamental es vulnerar la imprescindible seguridad jurídica
El proceso electoral es el primer peldaño hacia el establecimiento de un sistema democrático estable. Comprende todo lo relativo al sufragio, que es uno de los elementos fundamentales del Estado de Derecho, ya que legitima el acceso de los gobernantes al poder, y ello exige la celebración de elecciones libres que aseguren un genuino pronunciamiento de la soberanía del pueblo.
Recientemente, la Cámara Nacional Electoral, máxima autoridad del país en la materia, emitió una acordada en la que manifestó la necesidad de tomar medidas preventivas para la organización de las elecciones del año próximo, a partir de las experiencias de otros países en la materia. Propuso así empezar la planificación del proceso del año próximo, en el que se elegirán 127 diputados y 24 senadores.
En los considerandos de esa medida se expresa que "debe advertirse que la pandemia ocasionada por el Covid-19 (…) es susceptible de incidir en el desarrollo de la organización del proceso electoral del año próximo". Luego, enumera casos de postergaciones en países de la región y decide conformar un "programa para evaluar el posible impacto de la pandemia en el proceso electoral de 2021", y un grupo de trabajo al que invita a representantes de varios organismos vinculados con las elecciones. Asimismo, crea un consejo consultivo de partidos políticos y ONG, y comunica al Ministerio del Interior y a la Dirección Nacional Electoral, que depende de esa cartera, que se deberán adoptar medidas administrativas para ajustarse al eventual protocolo de prevención que se diseñe y que este puede implicar mayores costos para el procesos electoral.
No obstante queda claro que se trata de medidas preventivas y no de supresión de las elecciones, en redes sociales circularon mensajes alarmistas en los que se sostenía que la Cámara abiertamente proponía la supresión del sistema de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), establecido por ley en 2009.
Trascendió también que el Gobierno ya había empezado tibiamente a estudiar incluso la posibilidad de suspenderlas. Y que la oposición, en tanto, comenzaba a analizar apresuradamente rearmar fuerzas con el debido tiempo para encarar posibles alianzas ante el panorama electoral que se avecina y con el fin de no ser sorprendida por el oficialismo.
La previsibilidad y el conocimiento informado y oportuno de parte de los electores –como bien dice el constitucionalista Daniel Sabsay– son los elementos que permiten que el principio de seguridad jurídica esté presente en cada proceso electoral. Por esa razón, el cambio de la reglas no debe ser frecuente, de modo de impedir que se manipulen los procesos en beneficio de los oficialismos de turno.
Consideramos que sería conveniente dejar de lado los experimentos exploratorios y sancionar una norma con el máximo consenso, que determine, además, que toda reforma de naturaleza electoral comenzará a regir solo a partir del gobierno que suceda a aquel que está en funciones al tiempo de modificarse la ley. La pandemia no debería seguir brindando dudosos argumentos para cuestiones sensibles que el oficialismo pretendería imponer.