
Los nombres de nuestras calles
Algunas sustituciones en la nomenclatura sugieren que, más que homenajear a una figura histórica, se busca denostar a otra
1 minuto de lectura'
Una negativa costumbre que, sin embargo, perdura y crece, como si los argentinos no lográsemos evitar nuestros estériles combates al borde de las tumbas, es la de cambiar los nombres de calles y paseos públicos a lo largo y a lo ancho de nuestro territorio. Denominaciones que venían desde los tiempos de la Independencia y constituían verdaderos puntos de referencia para la nomenclatura urbana fueron sustituidas por las de personajes de la historia reciente, como si no hubiesen existido suficientes arterias de importancia para tributarles homenaje, sin retaceárselos a quienes habían ofrecido hasta su sangre en las batallas de la libertad o en las de nuestra consolidación como nación.
También se han dado casos en los que, so pretexto de presuntos tributos a la fraternidad americana, fueron honrados personajes de dudosa entidad para nuestra sociedad. Esto es lo que, por ejemplo, sucedió con Francisco Solano López, el dictador del Paraguay que ordenó la invasión de la Argentina con la ola consiguiente de vejámenes, muertes y destrucción, con cuyo nombre se designó no obstante a calles importantes y hasta a unidades de combate del Ejército Argentino, a la vez que se levantaron estatuas en zonas próximas a los sitios donde tuvieron lugar los enfrentamientos.
Una de las figuras argentinas que hoy más padece la actitud iconoclasta de los que apuestan a enfrentar en vez de pacificar, es la del general Julio Argentino Roca, a quien le tocó afianzar la obra de los prohombres de la Organización Nacional. En las provincias donde llevó adelante una política indispensable para la consolidación del Estado nacional y la defensa del territorio argentino, es decir las patagónicas, que hoy no serían argentinas de no ser por su proceder, se han producido varios de esos injustos agravios. El más reciente fue el de sustituir su nombre por el del ex presidente Néstor Kirchner en la avenida más importante de Río Gallegos, cuando sólo habían transcurrido días de la muerte de este último.
Una sana regla, que lamentablemente parece haber ido perdiéndose, aunque existe en la legislación de algunos estados argentinos, establecía que debía pasar un tiempo mínimo, de varios años, los suficientes como para tener cierta perspectiva, antes de dedicar un espacio público a una persona a quien se considerara merecedora de ese homenaje.
La pretensión de convertir de modo prematuro a tal o cual líder de facción en un prócer nacional entraña, como en una especie de reducción a escala, uno de los principales vicios que la política exhibe hoy entre nosotros: el sueño sectario de imponer a todos las preferencias de una parcialidad. Ese impulso termina de manifestarse cuando se decide suprimir algunas figuras de la recordación pública. Como si fuera una operación de magia, la eliminación de un apellido pretende concretar la supresión de las ideas, los valores, las obras que ese apellido simboliza.
No es justo, ni razonable, que por simple y circunstancial mayoría, arrogándose la representación del pueblo en su conjunto, intendentes, legisladores o concejales procedan a quitar y poner nombres, que, como muchas veces se hace, constituyen verdaderos modos, reprobables, de descalificar a figuras públicas del pasado remoto o reciente. Las sustituciones en la nomenclatura sugieren que, más que homenajear a una figura histórica, lo que se pretende es denostar a otra. Donde debería ejercerse reconocimiento predomina la venganza.
En el contexto de las fallas que señalamos, es digna de mención la normativa vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde 1998, por ley promulgada por el doctor Enrique Olivera, para cualquier cambio de nombre de calles de su jurisdicción, se requiere de un procedimiento especial determinado por la Constitución de la ciudad, que dispone que la modificación del nombre de una calle debe ser aprobado por la Legislatura local mediante el voto de la mayoría absoluta y con el procedimiento de la llamada "doble lectura", que exige contar con un despacho específico previo de la respectiva comisión y haber realizado una audiencia pública sobre el cambio pretendido.
Con respecto al plazo prudencial al que nos referíamos, entre otras prohibiciones se establece que en ningún caso deben designarse calles o lugares públicos con nombres de personas, antes de que hayan transcurrido por lo menos diez años desde la fecha de su muerte. Esto supone, entre otras cosas, que no pueden darse nombres de calles a quienes no hayan muerto, como ocurrió en tiempos de extremo populismo y demagogia, y como llegó a pretenderse por parte de algunos obsecuentes más recientemente.
La complejidad en el proceso de designación de espacios públicos es, en sí misma, pedagógica. Obliga a la sociedad y a sus representantes a identificar sus valores comunes, a localizar aquellas ideas o experiencias en las que todos pueden sentirse reflejados. Induce, en su dificultad, a un ejercicio de consenso.






