
Los nuevos peajes camineros
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La reciente licitación y adjudicación de concesiones por peaje en un conjunto de corredores viales admite lecturas positivas, aunque también han surgido algunas dudas y observaciones. Es la primera licitación de importancia de concesiones a empresas privadas en el área de infraestructura, lo que confirma que el nuevo gobierno no rechaza este concepto. En un contexto de fuertes cuestionamientos políticos e ideológicos a "las privatizadas", una decisión como esta desvirtúa la presunción de que pudiera existir hoy alguna intención de reestatizar las concesiones privadas.
Es necesario, sin embargo, observar que se han introducido cambios en los roles del concesionario y del Estado. En los contratos anteriores, el concesionario no sólo debía operar el cobro de peaje y mantener el camino, sino también asumía la obligación de ejecutar, por sí mismo o por terceros, las obras que se hicieran.
En la nueva concesión, sólo tendrá a su cargo la misión de operar el sistema y realizar el mantenimiento. Todo lo que implique obra nueva que exceda el concepto de mantenimiento será -en adelante- responsabilidad del Estado, el cual licitará, financiará y supervisará las obras. Se ha impuesto, de esta forma, una orientación favorable a un mayor rol del Estado.
La exclusión de la responsabilidad de invertir ha llevado naturalmente a que, con las mismas tarifas, la ecuación económica de los concesionarios los ponga ahora, con excepción de sólo un corredor, en la situación de pagar canon en lugar de recibir subsidios. Teóricamente, esos cánones, sumados a los subsidios que se dejarán de pagar, deberán cubrir las necesidades de fondos del Gobierno para ejecutar las obras.
Sin embargo la realidad no es así de sencilla. Las inversiones en obras no necesariamente se deben cubrir con el flujo corriente de fondos, sino que, por su concentración en el tiempo, requieren usualmente préstamos que se devuelven luego con los ingresos del peaje. La obtención de financiamiento era una de las funciones que quedaban a cargo de los concesionarios. Ahora esa función deberá ser llenada por el propio Estado, que por su situación de default difícilmente pueda recurrir a fuentes que no sean de captación compulsiva y que aumenten el endeudamiento público. Por otro lado, la licitación pública no asegura menores costos de obra. Los beneficios de la mayor competencia, en general, se compensan por los sobreprecios incorporados en las cotizaciones, en presunción de demoras en los pagos y otros inconvenientes.
Otra de las dificultades previsibles del nuevo esquema residirá en la superposición de distintas empresas y obras sobre el mismo trazado vial. No será fácil deslindar responsabilidades en cuestiones tales como demoras en el tránsito, daños y mayores costos o menores ingresos de peaje, por estas causas.
Una de las peculiaridades de la reciente licitación de las nuevas concesiones ha sido la falta de presentación de ofertas por parte de algunas empresas importantes que han tenido intensa actuación en peajes camineros y que, además, habían adquirido los pliegos. Esas empresas estaban legal y administrativamente habilitadas para presentar ofertas, por lo cual su abstención ha llamado la atención.
Han existido declaraciones equívocas respecto a ese hecho. Se ha dicho que el gobierno no deseaba la participación de aquellas empresas que hubieran tenido cuestionamientos o conflictos anteriores por incumplimientos, pero se observa que gran parte de las que participaron y han sido adjudicatarias también registran incumplimientos en contratos previos.
También se ha dicho que el gobierno no quería a aquellas empresas que son percibidas como "políticamente adversas". Por su lado, varias de las empresas involucradas han declarado que no se presentaron debido al desinterés por el negocio o han aducido otras razones técnicas. No resulta fácil dar crédito a estas justificaciones cuando la compañía que las esgrime se involucró en el proceso y adquirió pliegos, sin que ello hubiera sido necesario para sólo informarse de sus contenidos. Existe la presunción de que hubo llamados de altos funcionarios del Gobierno a directivos de las empresas excluidas, solicitándoles que no presentasen ofertas. Un llamado de este origen suele tener el efecto de una imposición cuando se dirige a quienes son habitualmente contratistas de obras o concesionarios de otros servicios públicos.
Si eso fuera cierto, se estaría frente a procedimientos ajenos a un marco institucional correcto. En rigor, sólo la Justicia o los órganos administrativos correspondientes tienen facultades para aceptar o descalificar con fundamento a los proponentes. Consideramos necesario que se disipe toda duda sobre este episodio, a fin de que se confirme el loable objetivo de una mayor transparencia, expresado por el nuevo gobierno.





