TGN: se hizo justicia
Resulta positivo que los magistrados hagan algo para solucionar parte de los enormes daños a la seguridad jurídica
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Los duros términos con que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ha rechazado la intervención de la empresa Transportadora Gas del Norte (TGN) por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) dan cuenta de la irrazonabilidad de la medida adoptada por este órgano estatal en diciembre último.
Las autoridades nacionales decidieron intervenir la empresa después de que ésta anunció la imposibilidad de afrontar obligaciones por 22,5 millones de dólares. Tal determinación, adoptada mediante una resolución de citado ente regulador por 120 días, se fundamentó en que el default de TGN ponía en peligro la prestación del servicio público, algo que fue siempre desmentido desde la empresa.
Esa resolución le confirió al interventor del Enargas en la compañía transportadora facultades para "coadministrar", poniendo de manifiesto una llamativa voracidad oficial intervencionista y acentuando la inseguridad jurídica.
Días atrás, la Justicia pareció poner las cosas en su lugar. Sostuvo el fallo de la Cámara que el Enargas no se encontraría "jurídicamente facultado a intervenir una empresa privada prestataria del servicio público de transporte de gas por redes, designando a un interventor con funciones de coadministración societaria" y que, aun cuando así fuere, la determinación "no parece respetar el principio de razonabilidad bajo el cual se encuentran obligadas a actuar las autoridades públicas".
Los jueces puntualizaron que no resulta verosímil que la legislación del gas hubiera otorgado al Enargas competencia para intervenir al órgano de conducción de la persona de derecho privado que debe prestar el servicio público, incluso en el hipotético caso de que pudiese encontrarse en riesgo la continuidad de la ejecución material de esa prestación.
Por si esto fuera poco, la Cámara señala acertadamente que para poder ser considerada válidamente adoptada la intervención cautelar de una sociedad anónima debe hallar sustento en una norma legal que habilite al Enargas a disponer tal medida. Aclara también que el domicilio social de la empresa intervenida y sus libros, al igual que cualquier otra documentación societaria, son inviolables por mandato constitucional, pudiendo sólo ser allanados y ocupados en los casos y bajo los justificativos que disponga una ley del Congreso de la Nación.
"Ni la ley 24.076, que constituye el marco regulatorio del servicio público nacional de transporte y distribución del gas natural, ni las normas legales complementarias de ella acuerdan expresa y concretamente tal facultad interventora al Enargas", expresa el fallo judicial.
En otro orden, la determinación de la Justicia enfatiza que el Enargas no ha acreditado de qué modo la decisión de TGN de postergar el pago de las obligaciones negociables a su vencimiento y de renegociar su pasivo financiero puede afectar la prestación material del servicio público de transporte de gas a su cargo. En tal sentido, señala la sentencia que el Enargas ha reconocido que, en una situación anterior similar, luego de haber postergado pagos, TGN saneó su deuda financiera merced a haber alcanzado un acuerdo preventivo extrajudicial con sus acreedores financieros, sin haber afectado en momento alguno la prestación del servicio público a su cargo.
Los jueces concluyen que el Enargas "parece reconocer que no dispuso la intervención de TGN para evitar la interrupción de la prestación del servicio que traería aparejado el no pago de la deuda, sino que lo hizo para averiguar y comprobar si era cierto que se decidió el no pago de la deuda para no comprometer la prestación del servicio".
Los fundamentos del fallo judicial no hacen más que alentar sospechas sobre la decisión del Enargas, como las que La Nacion describió en su editorial del 7 de enero pasado. Al margen de las tendencias populistas e intervencionistas en la economía que dominan la orientación del gobierno nacional, y de su afán por consolidar una estructura de poder anclada en la invasión de esferas que deberían estar en manos del sector privado, debe recordarse que TGN fue la empresa a partir de cuyos informes se conoció el escándalo del caso Skanska y que grupos empresarios con participación societaria en la compañía gasífera no mantienen una buena relación con el gobierno kirchnerista.
Frente al complejo panorama, es satisfactorio que la Justicia haya hecho algo para solucionar aunque más no sea en parte los enormes daños que se le han hecho a la seguridad jurídica con decisiones como la intervención de TGN.






