Un dilema mortal
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Una vez más la Justicia se encuentra ante el dilema que plantea el derecho a la vida gestada, pero aún por nacer, y el supuesto derecho de la madre a interrumpir su embarazo.
En este caso, éste se genera por la violación de una menor de 14 años por su padrastro, como consecuencia de la cual queda embarazada y, como en casos anteriores, se pide autorización para abortar. La jueza de Mar del Plata Silvina Dalmanchail autorizó el aborto, pidiendo que en el acto quirúrgico estuviese presente un médico del cuerpo forense de la policía, para que se conserve el "producto de la gestación", en recipiente cerrado, como prueba del delito que se investiga: abuso sexual con acceso carnal agravado.
La terminología legal utilizada para referirse a un ser que es persona humana, única e irrepetible, con su ADN completo, sana, es fuerte e impacta poderosamente. Apelada la sentencia por la defensora de menores, que representaba a la persona por nacer, la Cámara Civil y Comercial confirmó el fallo y aprobó el procedimiento sugerido por la magistrada de primera instancia. Superada la impresión, y la extraña sensación que tendrán todos esos padres que esperan un niño para adoptar, el tema suscita algunas reflexiones. La primera es que una cosa es que un aborto no sea punible y otra muy distinta que existan abortos permitidos.
En principio no hay abortos permitidos; hay casos en los cuales abortar no conlleva pena, que no es lo mismo. Así como no hay una autorización para matar, si ello ocurre en caso de legítima defensa no hay punibilidad, sino una causa que exime de la pena. Esto nos lleva al pedido de autorización para abortar, que tantas complicaciones trae. Si admitimos la discutida interpretación de que, en este caso, el hecho no es punible, la madre de la menor pudo autorizarla a abortar, pero ocurre que los médicos, con bastante razón, se negaron a hacerlo, además de los que tengan reservas morales o éticas, por temor a reclamos por mala praxis. De allí que entonces el caso recaiga en la Justicia, que les indicó a las partes que no tenían que pedir permiso, porque el acto no era punible y no se puede autorizar previamente un acto que no necesita autorización.
Se trata de un círculo vicioso que demora la cuestión y que, por más que se le imprima un trámite especial, suele tomar un tiempo que luego torna más riesgosa la intervención.
Otro falso dilema es el que contrapone la libertad sexual de la mujer, avasallada en un caso de violación, con la vida del niño por nacer. La forma de dirimirlo no parece ser la del fallo, ya que se privilegia un eventual o probable daño psíquico, el de tener que llevar adelante un embarazo no deseado, daño que en principio parece reparable, con un daño físico definitivamente irreparable: la muerte del niño. No parece razonable.
Además se excluye un factor importantísimo, que es el poder sanador de la naturaleza; la gestación y el embarazo, con el apoyo psicológico y médico necesarios, operan milagros y permiten aceptar y elaborar psicológicamente la pérdida y hasta superar el daño. Se conserve o no el niño, lo que importa es preservar su vida, a la cual no se puede negar que tiene derecho constitucional y humano. Ello se vincula con la afirmación de una de las peritos del juicio, que expresó que el daño para la madre menor de edad sería mayor si se le negara el permiso para abortar que si se le concediera.
En rigor, la opinión parece un tanto apriorística y dogmática, y se contrapone frente a tantos niños nacidos de embarazos inicialmente no queridos o forzados, que luego fueron aceptados razonablemente y llevaron felicidad a los hogares.
Causa dolor observar cómo un dilema moral se pretende resolver causando el mal mayor, la muerte del niño, y privilegiando el menor, el eventual daño psíquico de la madre. Así, el dilema moral se convierte en mortal.





