Nisman: inexplicable silencio judicial
Transcurridos más de diez años de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, todavía no se dispuso la fecha de inicio del juicio oral
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Existen muertes que no pueden ser ocultadas porque su número, su brutalidad o su valor simbólico las inscriben necesariamente en el terreno de lo compartido. Son acontecimientos que desbordan el silencio institucional que el poder coyuntural procura, en vano, imponer. Se convierten así en parte de la memoria colectiva y del duelo social, y revelan tanto la vulnerabilidad de los cuerpos como la tenacidad del esfuerzo por acallar la necesidad de que la Justicia dé un veredicto sobre lo sucedido.
A principios de diciembre, en una notable crónica publicada en este diario, José Claudio Escribano reconstruyó lo que definió como el fallo más relevante de la historia argentina. Describió cómo, bajo la presidencia de Ricardo Alfonsín, con el impulso de la Conadep presidida por Ernesto Sábato y el trabajo del fiscal Julio César Strassera, un tribunal civil integrado por León Arslanian, Ricardo Gil Lavedra, Guillermo Ledesma, Jorge Valerga Aráoz, Andrés D’Alessio y Jorge Torlasco condenó a los jefes militares responsables de un plan sistemático de exterminio. Bastaron apenas dos años desde el restablecimiento democrático para asignar responsabilidades penales y reconciliar a la sociedad con la verdad y la justicia.
En enero de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a la Argentina por violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos debido a la demora en esclarecer el ataque a la AMIA. En su fallo, ordenó remover todos los obstáculos que sostienen la impunidad del atentado y establecer la verdad de lo ocurrido.
En esa decisión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos destacó que, en enero de 2015, el entonces titular de la Unidad Fiscal para la Investigación de la Causa AMIA (UFI-AMIA), Alberto Nisman, presentó ante la Justicia en lo Criminal y Correccional Federal una denuncia penal. En ella acusó a diversos funcionarios estatales —entre ellos a la expresidenta Cristina Kirchner— de haber trazado un “plan delictivo destinado a dotar de impunidad a los imputados de nacionalidad iraní”, a partir de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán.
Nisman fue encontrado muerto en el baño de su domicilio cuatro días después de haber presentado la denuncia por encubrimiento. Para amplios sectores de la sociedad dentro de los cuales nos incluimos, su muerte quedó asociada de manera inseparable al atentado contra la mutual judía y fue leída como su víctima número 86.
En el plano judicial se investiga el homicidio de Nisman. La investigación inicial del hecho estuvo a cargo de la entonces fiscal Viviana Fein, cuya actuación fue desde un primer momento cuestionada y llamada luego a prestar declaración indagatoria. También son investigados los jefes policiales intervinientes y el entonces secretario de Seguridad, Sergio Berni, en relación con el resguardo de la escena del crimen.
El 5 de diciembre de 2024, la Corte Suprema de Justicia de la Nación —con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda— rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner y dejó firme la sentencia dictada el 18 de septiembre de 2023 por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, firmada por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña.
A partir de esa decisión, debía avanzarse con la apertura del juicio oral, reiteradamente postergado a través de diversas chicanas procesales. En esa causa se encuentran imputados, además de Cristina Kirchner, Eduardo Antonio Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Isidro Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.
En junio, circularon informaciones periodísticas según las cuales los jueces del Tribunal Oral Federal N.º 8 —Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Javier Ríos— se disponían a anunciar la segunda etapa del demorado juicio oral iniciado a partir de la denuncia por encubrimiento presentada por Nisman, vinculada a la firma del citado memorándum. Sin embargo, el posterior silencio respecto de la fecha de comienzo del debate oral contradijo esas esperanzadoras versiones.
En una columna publicada el 28 de diciembre en LA NACION se señaló que existe un pedido de recursos formulado por el Tribunal Oral Federal N.º 8 ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que estaría demorando el inicio del debate. Según esa información, el requerimiento se vincula con los medios necesarios para afrontar un proceso que, en esta nueva etapa, prevé la declaración de más de 300 testigos a lo largo de sucesivas audiencias.
Es injustificable que una investigación penal sobre un hecho tan estremecedor como la presunta elaboración de una trama de impunidad en torno a un acto terrorista se prolongue durante más de diez años. Esa demora resulta aún más grave cuando, apenas cuatro días después de haber presentado la denuncia contra la entonces presidenta de la Nación, el fiscal Nisman fue hallado asesinado en su departamento.
La legitimidad del Poder Judicial —y, con ella, la del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo— enfrenta hoy la responsabilidad ineludible de dar una respuesta rápida y eficaz a la sociedad frente a hechos que, por su gravedad, no pueden seguir siendo ocultados ni postergados detrás de excusas banales.



