
El perfil de un buen juez para la Corte
Por Alfonso Santiago (h.) y Silvana M. Stanga Para LA NACION
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Ante la vacante producida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es oportuno reflexionar sobre algunas de las condiciones fundamentales que deben reunir sus integrantes. Existe una necesaria relación entre la Corte Suprema que deseamos y los requisitos que deben cumplir sus magistrados.
Al designar a la primera Corte Suprema, en 1863, señalaba Mitre: "Como presidente de la Nación busqué a los hombres que fueran un control imparcial e insospechado de las demasías de los otros poderes del Estado y que, viniendo de la oposición, dieran a los conciudadanos la mayor seguridad de la amplia protección de sus derechos y la garantía de una absoluta y total independencia del alto tribunal".
En 1928, Félix Frankfurter y J. J. M. Landis describían, con trazos algo grandilocuentes, el perfil que debe reunir un integrante de la Corte Suprema: "Debe alcanzar un alto grado en diferentes direcciones y combinar talentos que no se hallan a menudo juntos. Debe ser matemático, historiador, hombre de Estado, filósofo en cierto grado... Ninguna parte de la naturaleza humana ni de sus instituciones debe quedar al margen de su atención. Debe estar lleno de intención y desinterés, de manera simultánea; tan cauteloso e incorruptible como un artista, y sin embargo, algunas veces, tan cerca de la tierra como un político". Una caracterización cercana a la figura de juez "herculeano" que, en nuestros días, propone Ronald Dworkin.
La historia de las cortes supremas pone de manifiesto la influencia decisiva que, en la configuración de su rol, ha tenido la personalidad de sus integrantes. Las diversas etapas de la vida del tribunal, los avances y retrocesos de su significación institucional, el acierto o error de importantes decisiones adoptadas a lo largo de sus historias no se comprenderían si no fuera a la luz de los jueces que las integraron. Figuras como Marshall, Taney, Cardozo, Earl Warren y Warren Burguer -estos últimos, con una gran preocupación por la mejora del sistema judicial y por el afianzamiento de su independencia- en la Corte norteamericana, y Gorostiaga, Bermejo, Repetto, Casares y Oyhanarte, en nuestro país, son algunos ejemplos históricos de lo que venimos señalando.
A nuestro criterio, podríamos resumir los principales rasgos del perfil de un magistrado -y, en definitiva, del tribunal mismo- como los siguientes:
1) Predominio de la idoneidad ética. Ya enseñaban los romanos, y lo confirman los poderes judiciales más prestigiosos, que la calidad ética de los miembros de una corte contribuye directamente a su legitimidad como institución. En ese sentido, señalaban que para ser juez se requería ser "hombre bueno, en primer lugar, y perito en derecho, en segundo". La ciudadanía exige de sus jueces un plus de calidades éticas superiores a la media.
2)Características personales singulares. Se requieren jueces prudentes y previsores, mesurados, discretos, con honestidad personal, con independencia real de criterio, fino sentido político, con idoneidad técnico-jurídica, ejemplares, trabajadores, cultos, conocedores de la historia, con capacidad de trabajo en equipo y abiertos al diálogo, sensatos y ubicados, valientes y decididos.
3)Verdadero liderazgo judicial , obtenido con el ejemplo. Así la Corte será reconocida como verdadera cabeza del Poder Judicial por todos sus integrantes, quienes se sentirán orgullosos y estimulados por formar parte de ese poder. Quizás una de las claves de por qué todavía no se han concretado reformas judiciales, no obstante haber acuerdo sobre las modificaciones fundamentales, sea la falta de formación de líderes judiciales capaces.
4) Adecuada visión institucional . El Poder Judicial constituye un tercio del poder del Estado y buena parte de su competencia es controlar que el desempeño de los otros poderes se ajuste a la ley y a la Constitución, pero sin obstaculizar su debido funcionamiento. Esto requiere de la prudencia propia de los estadistas, que no se adquiere con el mero conocimiento jurídico. Se sostiene que una buena Corte renueva oportunamente el pacto político fundacional que supone la Constitución, evitando reformas inoportunas y manteniéndola permanentemente actualizada.
5) Pluralismo en la integración. Aquí se plantea la cuestión de lograr una composición de la Corte Suprema con variado tinte ideológico y diversas trayectorias profesionales. Al respecto, ha afirmado Jorge Vanossi: "A nuestro juicio, las mejores situaciones se han registrado en los momentos en que la Corte ha exhibido una composición que contemplara, en forma pluralista, la inclusión de políticos estadistas, catedráticos, magistrados de carrera y abogados militantes".
6)Delicada sensibilidad jurídico-política para ejercer con lucidez la función de gobierno y control político debidos. Es esa sensibilidad la que les permitirá ejercer con acierto el control de razonabilidad de los actos estatales, situar al tribunal en la posición institucional adecuada a cada circunstancia, mantener una real independencia de criterio, interpretar dinámicamente el texto de la Constitución, ponderar las consecuencias sociales de sus decisiones, resolver con acierto las dialécticas constitucionales y, en definitiva, dar pleno sentido al significado político del control de constitucionalidad y a la misión institucional de poder moderador que tiene asignada la Corte Suprema. Como señala la propia jurisprudencia del tribunal, es conveniente que sus integrantes tengan una adecuada "sensibilidad jurídico-política, de la que no es dado prescindir cuando el análisis recae sobre las bases mismas de la organización del Estado democrático".
7) Una Corte federal para un país federal . Para un país con una estructura política institucional federal, como es el caso de la Argentina, resulta aconsejable que la cabeza del Poder Judicial refleje en lo posible esa diversidad geográfica y cultural.
La calidad del aporte que la Corte Suprema realice al país dependerá de garantizar un serio proceso de selección que insuma el tiempo necesario para constatar efectivamente, y mediante un proceso transparente, las idoneidades requeridas, con la suficiente participación ciudadana y de las instituciones y organismos vinculados con el Poder Judicial.




