La justicia llamada legítima es una justicia de partido
Que la aplicación de la ley no es solo subsunción lógica ya no hay quien lo niegue. Los jueces no solo hacen, sino que deben hacer juicios de valor que no pueden confundirse con las emociones ni los reclamos de las tribunas. El derecho no es una lógica pura de las conductas humanas. Requiere administrar justicia “bien y legalmente” (artículo 112, Constitución nacional). La Constitución ya previó con sabia y clásica filosofía jurídica que la ley no es el amo del derecho, pues debe administrarse “bien”. Nuestra Corte ha establecido una ya consolidada jurisprudencia que exige a los jueces no dar a los casos “una solución notoriamente injusta” (fallos: 255:360 entre muchos otros).
La ley ha de conducir a soluciones justas y ello es así porque la misma Constitución contiene una necesaria pretensión de justicia.
El juez ha de fundamentar cómo la solución justa esta contenida en la ley. Y debe armonizar la norma legal con la solución justa y efectiva del caso. Ha de integrar las decisiones normativas de justicia y de efectividad.
El juez no puede fundamentar cualquier resultado que le plazca. La lucha por el derecho es una lucha por la justicia. No una lucha contra el enemigo o el adversario político.
Algunos sostienen que los “prejuicios peyorativos” del juez determinan sus fallos. El juez respondería así a un “interés de clase” o a un “interés de partido”. El juez se convertiría en un “hombre de partido” que tendría la elevada vocación de una laica o atea “justicia legítima”.
El juez parcial, partidario, que sabe lidiar en la lucha política, sería el nuevo paradigma. El juez que lucha contra la “clase dominante” y la pone en fuga en defensa de la “clase dominada”.
Ha muerto así el ideal del juez imparcial.
La imparcialidad sería solo “ideología” que defiende los intereses dominantes. Los métodos ya no determinan el hallazgo del derecho.
En lugar de la fundamentación normativa de una decisión, la crítica ideológica pregunta acerca de las causas. Esta crítica de clase de la decisión ideológica sustituye las fundamentaciones normativas. La razón y la justicia son mascaradas abusivas del poder que han de ser descubiertas por las nuevas “concepciones sociales”.
Ya no es posible la “autonomía del pensamiento jurídico”. Solo cabe desnudar las emociones políticas.
He aquí la critica ideológica tanto positivista como marxista de la jurisprudencia. No existe objetividad jurídica alguna. No existe la posibilidad de enjuiciar la rectitud de la solución jurídica.
El poder sustituye a la objetividad y a la verdad, que ahora son objeto de escarnio y de destrucción.
El derecho es sustituido por la economía y la política como lucha por el poder. Para quien piensa así ya no puede haber, en rigor, jueces sino partidarios obedientes.
Empero, estas ideas llevan a la nada, a la supresión de la verdad como posibilidad de hablar unos con otros con plenitud de sentido.
Ello implica la consciente renuncia a la interpretación y al desarrollo jurisprudencial de la ley.
El pensamiento acorde con un Estado constitucional implica que el poder del Estado está jurídicamente vinculado o sobreviene el despotismo que constate la tesis según la cual el derecho es la medida de la política. El derecho, como medida de los cambios, no es estático, sino que positiviza esos cambios. El derecho no podría ser la medida de la política si el derecho fuera mera política. Solo puede ser medida de la política si es algo distinto de esta. De lo contrario llegaríamos al absurdo: lo político sería la medida de la política.
Por el contrario, el derecho impone determinadas exigencias a la política, pues los cambios requieren positivización jurídica constante. Si el actuar político ha de producir derecho, tiene que mantenerse en el marco de las posibilidades irrenunciables del derecho, como medida de autoestabilidad de lo político. Las decisiones políticas han de justificarse ante las exigencias del derecho. En el estado constitucional el grado de arbitrio más amplio le es conferido al legislador. El juez está vinculado a la ley (artículo 112, Constitución nacional). El funcionario no está habilitado a realizar una “superación de la ley”. La vinculación a la ley es un concepto graduado. La vinculación del juez a la ley significa la exigencia de fundar una solución normativamente justa o a fundar una solución que no resulte notablemente injusta del caso, según jurisprudencia de nuestra Corte.
Para el marxismo la lucha es el motor de la historia. Y la lucha debe organizarse por el partido. Todo hombre es hombre de lucha, de partido. Lo justo es lo que conviene al partido. El juez, como todo hombre, ha de ser hombre de partido, aunque no esté formalmente afiliado. Ha de dictar sentencia según convenga a la lucha de su partido. El juez debe dictar sentencia según los intereses y las órdenes de su partido. La justicia llamada legítima es una justicia de partido. Dicho de otro modo, es la negación de la justicia y la lucha contra la justicia a la cual suele culparse de ser una religión. Nada peor que la religión para el marxismo.
El partidismo considera que la lucha es esencial a la convivencia social. La sociedad sería lucha y sus consecuencias. La verdad sería un error consuetudinario.
Solo hay derecho a luchar. Y el partido es la disciplina de la lucha. Los hombres mueren. El partido no.
El hombre será “hombre de partido” en su pensar y actuar. No habrá que atenerse a lo justo, pues la justicia es tan partidaria como plural. El marxismo es la doctrina partidista que hace de un vicio una virtud. Toda religión, todo derecho es impostura, como falsificación de la realidad para satisfacer el propio interés. El pensar opuesto es una falsificación. Napoleón llamó a sus enemigos “ideólogos” y a las ideologías disfraces del propio interés. La historia es lucha de clases, es decir, lucha de intereses. No hay verdad. Hay “intereses creados”. El interés es la verdad de la clase en lucha. No hay verdad sino opiniones que dependen de la realidad social que determina la mentalidad. Toda justicia es partidaria, desde abajo o desde arriba. Por eso debemos ser partidarios. El partido es la nueva religión. El nuevo relativismo que no puede probar que todo hombre coincida con el pensamiento de su clase. Es sencillo. Hay hombres de clase baja que defienden intereses de clase alta, y viceversa.
He aquí la “justicia” autoproclamada “legítima” en su fea desnudez totalitaria. Ah, pero esta fealdad no sería exclusiva si otras justicias partidarias, más o menos legítimas, vinieran a competir en el desventurado concurso de belleza.
Expresidente de la Corte Suprema