Por un sistema que cree empleo
En estos últimos días, el Presidente se refirió a la "mafia de los juicios laborales", desatando opiniones opuestas. Para algunos, no hay mafia y la legislación actual y la actuación judicial no deberían ser revisadas porque, como están, dan estabilidad al empleo y protegen al trabajador; para otros, existe una suma de reglas desiguales y justicia parcial, en detrimento del empleador. Los puntos de conflicto más salientes son las cargas del empleo, las licencias (por enfermedad y de toda clase), y las indemnizaciones por despido.
Las primeras se consideran tan pesadas que llenan de descuentos al trabajador, hacen costosísimas las contrataciones al empleador; y buena parte de estos binomios se unen para ver de qué manera reducen el perjuicio. Generalmente, terminan encontrando soluciones fuera de la ley, como salarios que en parte van "en negro". Entonces, ¿sirve el sistema?
El segundo punto son las licencias, entre las que se destacan las concedidas por enfermedad. Parece que, o los trabajadores tienen reiterados problemas de salud, o los empleadores aspiran a contratar personas inmunes, que nunca sufran un accidente laboral. ¿Por qué no logramos un equilibrio basado en un sano concepto de la "enfermedad" para fijar las licencias? El abuso torna ilícita la percepción e injusta la suplencia, haciendo carísimas las consecuencias, pues uno no tiene derecho a la sanación y otro duplica costos que ninguna ART asume enteramente.
El tercero de los puntos es la indemnización por despido. ¿Es razonable indemnizar un despido sin causa en la medida en que vemos y que es conocida por todos? ¿Es posible despedir con causa y no tener riesgo de indemnizar por decisión judicial? En ocasiones, un trabajador percibe indemnizaciones que en dinero, son mayores a lo que podría reunir trabajando. Esto evidencia que el concepto de indemnización está en crisis.
En Estados Unidos, vacaciones, indemnizaciones y algunas licencias son, en general, beneficios no obligatorios. El principio, salvo acuerdo entre las partes, es que la relación laboral es at will: empleador y empleado mantienen su vínculo mientras lo deseen. Cuando ese deseo se termina, también el empleo. El resto (vacaciones, etc.) son beneficios ofrecidos por el empleador, para que el empleado pueda elegir qué trabajo tomar. La indemnización por despido es también en general no obligatoria. Todo esto produce una altísima movilidad laboral en un esquema de casi pleno empleo, donde los reclamos laborales tienen mucho más que ver con el incumplimiento del empleador de ciertas condiciones de trabajo establecidas por ley (no discriminación, por ejemplo), que por un despido con o sin causa. La flexibilidad en este punto es casi absoluta. El trabajador sabe que así como se va de un trabajo, probablemente consiga otro similar o mejor en un plazo razonable. El mercado laboral se ajusta en gran parte solo, de acuerdo con el pulso de la economía. Lo interesante es que los empleadores se esfuerzan por dar más beneficios a sus empleados para poder contratarlos, compitiendo con otros empleadores. No es una realidad comparable con la de nuestro país, pero qué interesante sería tener empleadores que se esforzaran por dar más y mejores beneficios a sus empleados, en vez de tener que pensar diez veces antes de contratar uno nuevo.
También está la actuación judicial. Si toca judicializar el conflicto en la Argentina, la percepción es que triunfará el trabajador, con independencia de sus razones, del caso y del derecho invocado, generando jugosos ingresos para su abogado, que percibirá un 40% sobre el total de la indemnización (una mitad de manos del trabajador, en negro, y la otra del empleador condenado).
Es imperioso darnos el debate y tomar el camino de la normalidad en materia laboral. No tenemos un sistema normativo coherente ni tribunales que hagan honor a la seguridad jurídica. Los puestos de trabajo no se pueden generar ni sostener con este sistema de leyes e infinidad de convenios, ni con tribunales parciales. Debemos estimular la generación de empleo genuino, estable y con proyecciones; necesitamos empleados y empleadores que estén de acuerdo en sostener los puestos porque se reconocen necesarios para la actividad, y porque a ambos conviene y dignifica, y no porque sea obligatorio o costosísimo poner fin a la relación. Necesitamos un poder judicial en serio, pues lo aquí referido solo hace incrementar contingencias que desalientan la contratación, precarizan el empleo y agigantan la actuación gremial.
Abogados; ejercen su profesión en la Argentina y en Estados Unidos
Cristián Francos y Guillermo Lasala