
Vacíos legales y omisiones
1 minuto de lectura'
LOS avatares de la vida cotidiana en la ciudad y sus alrededores _por no ir más lejos_ le deparan al hombre común la posibilidad de ser testigo de una considerable cantidad de conductas irregulares que van desde la simple transgresión y la contravención hasta el delito hecho y derecho. La duda acuciante que le queda al inerme espectador _cuando no víctima_ de esos torcidos comportamientos, es si se repiten con tan torturante frecuencia por causa de vacíos legales o porque no es aplicada la legislación que los sanciona.
Abundan los ejemplos. Una somera enumeración no puede dejar de consignar el asedio pertinaz al cual son sometidos los automovilistas cuando la luz roja de los semáforos los detiene en numerosas intersecciones céntricas. No sólo son acosados por lánguidos mendicantes e insistentes vendedores de baratijas y chucherías sino que, además, son asaltados por bandadas de limpiadores improvisados _cada vez más adultos_ que de buen grado o casi por la fuerza pretenden embadurnar los parabrisas con turbios mejunjes para obtener a cambio algunas monedas. Se aduce que no hay normas que restrinjan o repriman esa molesta actividad. Sin embargo, el artículo 38 del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires sanciona el hostigamiento y el 41, la obstrucción de la vía pública.
En esta columna editorial se ha insistido en que es intolerable la impunidad de los usurpadores de inmuebles y, por añadidura, la de quienes suelen ser sus aprovechados instigadores. Se trata de un flagrante delito que atenta contra el derecho de propiedad, la convivencia y la paz social. Pero a pesar de estar expresamente tipificado en el Código Penal de la Nación, requiere largos y engorrosos peregrinajes para que los propietarios legítimos puedan obtener la restitución del bien que les fue usurpado. Las reclamaciones de miles de perjudicados no han logrado la corrección de ese absurdo procesal que, según se supo hace pocos días, hasta permitió que un grupo de travestidos pusieran en la calle a los propietarios del hotel en que estaban alojados.
Suma y sigue. La opinión pública no alcanza a explicarse cómo puede ser que el supuesto propietario de un casino clandestino allanado en septiembre último en Puerto Madero haya vuelto a ser demorado por la misma causa, excepción hecha de un leve matiz geográfico: la sala de juego subrepticia se encontraba en Palermo. En esta oportunidad, se trata de un probable vacío legal y la propia defensa del acusado arguyó la inexistencia de normas sancionatorias de la instalación de casinos sin permiso.
Hay otras conductas desaprensivas, perturbadoras e incluso dañinas que, sea por lo que fuere, quedan sin sanción aunque disminuyen la calidad de vida de la población y provocan ingratas molestias. Tal es el caso de los ciclistas, motociclistas y peatones que ignoran las reglamentaciones del tránsito; el comportamiento para nada solidario y desconsiderado de los que depositan desperdicios en la vía pública a cualquier hora y en cualquier lugar; la inconducta de quienes agreden con pintadas los monumentos y los inmuebles privados; la insolencia de los emisores de ruidos molestos; la peligrosidad de los contaminadores del medio ambiente; la impertinencia de los invasores de la vía pública so pretexto de hacer uso del derecho de expresarse en libertad; etcétera.
Las autoridades deben tomar conciencia de que no pueden seguir indiferentes ante ese cúmulo de situaciones irregulares, cuya irritante persistencia es atribuible a vacíos legales o, todavía más grave, a la renuencia de quienes tienen el inexcusable compromiso hacer respetar las leyes. La comunidad no tiene por qué asistir de brazos cruzados a la reiteración de esas anormalidades: si no hay legislación, le asiste el derecho de reclamarla, y cuando la hay, el de exigir su más absoluto cumplimiento.





