Aconsejan que la Corte no intervenga en una puja por las tarifas
La Procuración General de la Nación dictaminó que debe ser la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal -y no la Corte Suprema - la que determine si un juzgado de ese fuero o el federal de Junín (provincia de Buenos Aires) debe llevar adelante una causa colectiva contra la suba del gas del año 2017. Ahora solo resta el fallo de la Corte Suprema.
"Opino que la causa debe ser remitida a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para resolver el conflicto positivo de competencia", concluyó la procuradora fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, en el dictamen que llevó su firma.
La causa fue sorteada originalmente para la Justicia Federal de Junín, pero el Estado, al contestar la demanda, alegó que la causa debía tramitarse ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal y no en provincia, ya que se impugnan resoluciones del Ministerio de Energía y Minería, cuyo domicilio está en la ciudad. Ese pedido fue aceptado por un juzgado en lo Contencioso Administrativo. No obstante, el magistrado de Junín desestimó ese planteo y elevó el expediente a la Cámara Federal de La Plata. Pero ese tribunal, a su vez, elevó la causa a la Corte para que defina quién es competente. Con el dictamen de la Procuración, solo resta escuchar la opinión de los supremos.
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