Llega a la Corte el caso de los exfuncionarios kirchneristas sobreseídos por el derrame en la mina de Barrick
Las acusaciones contra ellos prescribieron “por afectación al derecho a ser juzgados en un plazo razonable”; la semana pasada, la Cámara de Casación le concedió a la fiscalía un recurso para llegar hasta el máximo tribunal, donde buscará que se reabra el expediente
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La Corte Suprema de Justicia quedó en condiciones de revisar los sobreseimientos de dos exfuncionarios del kirchnerismo que fueron acusados de no haber controlado debidamente a una subsidiaria de Barrick Gold que operaba en la mina Veladero, en San Juan, donde se produjo un derrame de cianuro hace once años.
Ahora, la causa contra el exsecretario de Minería de la Nación Jorge Omar Mayoral y la exsubsecretaria de Control y Fiscalización Ambiental Beatriz Domingorena, por la presunta omisión de controles donde operaba esta subsidiaria de Barrick Gold, puede reabrirse.
Los representantes de la empresa cumplieron una probation en San Juan y la compañía pagó 10 millones de dólares de multa por el caso que tramitó en los tribunales sanjuaninos.
Pero la causa que ahora llega a la Corte es otra. Se tramitó en Comodoro Py y fueron investigados funcionarios de las áreas ambientales y mineras de la gestión kirchnerista. Según documentos judiciales, fueron sobreseídos por “afectación al derecho a ser juzgados en un plazo razonable”.
La semana pasada, el caso escaló hasta el máximo tribunal después de que la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró admisible el recurso extraordinario del fiscal Mario Villar contra la prescripción que había cerrado el caso para el exsecretario de Minería Mayoral y la exsubsecretaria de Control y Fiscalización Ambiental Domingorena, según surge de la resolución del jueves 8 de octubre a la que accedió LA NACION.
Los jueces de la Casación Carlos Mahiques, Daniel Petrone y Gustavo Hornos coincidieron en que la fiscalía planteó “cuestiones de índole federal que pretenden dirimirse ante el más alto tribunal”.

El juzgado federal de María Servini había dictado la prescripción “por afectación al derecho a ser juzgados en un plazo razonable”, lo que derivó en los sobreseimientos de los exfuncionarios.
Barrick Gold había informado a las autoridades de la Bolsa de Valores de los Estados Unidos, al cierre de 2023, que “las audiencias orales, previstas inicialmente para abril y mayo de 2020 en este asunto”, habían “sido aplazadas”, sin reprogramarse, debido a la pandemia de coronavirus, según el reporte presentado ante la SEC.
Las autoridades de Barrick Gold no formaban parte del caso que tramitó en Comodoro Py, pero dejaron sentado su seguimiento en los informes que presentaron ante el organismo estadounidense.
El expediente involucró a exfuncionarios del gobierno de Cristina Kirchner. El juez Sebastián Casanello los procesó, tras considerar que omitieron controles previos al derrame de cianuro. “La empresa se controlaba a sí misma”, firmó cuando elevó la causa a juicio.
Durante la etapa de instrucción, la defensa de Mayoral indicó que la acusación no describe la “obligación que pesaba” sobre él en cuanto a una posible omisión, “ni cuál era su relación con el derrame de septiembre de 2015″.

La defensa de Domingorena planteó que “no había elementos probatorios que dieran cuenta del nexo causal” entre el derrame y la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación.
La historia del caso
Esta historia comenzó el 13 de septiembre de 2015, cuando se derramaron 1.072.000 litros de solución cianurada como consecuencia de la rotura de una válvula. Ante la falta de un muro de contención y dado que una compuerta estaba abierta, el líquido corrió hacia el río Potrerillo en lugar de terminar en una pileta de contención, según el expediente.
El juez señaló que, según testimonios obtenidos por el Juzgado Letrado de Jáchal, “se contaminaron los ríos Potrerillo, De las Taguas, La Palca, Blanco, dique Cuesta del Viento y Jáchal”.
Este es uno de los contrapuntos entre la Justicia y la empresa Barrick Gold. En sus informes, la compañía negó que el hecho haya significado un riesgo para “la salud humana en las comunidades ubicadas aguas abajo”.
Pese a esto, las autoridades de la compañía quedaron afuera de la investigación de Casanello, tras una disputa sobre la jurisdicción donde debían ser juzgados: Comodoro Py (en la Ciudad de Buenos Aires) o San Juan (donde ocurrieron los hechos).
Finalmente, lograron atravesar el proceso judicial en los juzgados sanjuaninos. Allí, según narró Barrick Gold, la empresa pagó una multa de diez millones de dólares y los directivos se comprometieron a hacer tareas comunitarias a cambio de suspender el juicio a prueba.
Del lado de los exfuncionarios, en 2018 el juez Casanello procesó a Mayoral y Domingorena al considerar que tenían un “poder de intervención”, con obligaciones de control que no ejercieron.
Ese mismo año, Casanello elevó la causa a juicio. “La investigación pudo determinar que desde el 10 de enero de 2012 Barrick estaba operando sin el Certificado Ambiental Anual”, escribió el juez.
Para el magistrado, ese documento hubiera permitido conocer “los residuos peligrosos que manipulaba la empresa y que debían someterse a fiscalización y control de la Dirección Nacional de Control Ambiental”.
Ante la ausencia del documento, el Gobierno no habría podido fiscalizar ni tener información sobre las sustancias derivadas del cianuro que utilizaba la minera.
Barrick Gold dio su versión de los hechos. En los reportes presentados a la SEC, explicó que “falló una válvula de una cañería del valle de lixiviación de la mina Veladero”.
En esas presentaciones ante la SEC, Barrick Gold informó que el 9 de octubre de 2015 la autoridad minera de San Juan inició un proceso de sanción administrativa contra la subsidiaria en Argentina por presuntas infracciones al Código de Minería.
“Se prevé que este proceso derive en una multa”, consideró en su reporte anual de ese año. Y finalmente pagó diez millones de dólares.
De vuelta en el fuero federal, en Comodoro Py, el expediente llegó a la etapa de juicio, en el juzgado N°1, a cargo de la jueza María Servini.
La resolución de la Cámara de Casación recuerda que dicho juzgado “resolvió declarar la prescripción de la acción penal”.
En 2020, Barrick incluyó por primera vez esta oración: “Debido a la respuesta argentina al Covid-19 y a una impugnación procesal presentada por uno de los exfuncionarios federales, las audiencias orales originalmente programadas para abril y mayo de 2020 en este asunto han sido aplazadas y aún no han sido reprogramadas”. Hasta por lo menos 2023, esa frase se repitió en sus informes.
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