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(*) Moisés Resnick Brenner
Con mucho optimismo fue recibida la noticia de los lanzamientos de créditos denominados Unidades de Vivienda (UVI), sin embargo existen una cantidad de inquietudes acerca de si este sistema podría convertirse en la tristemente recordada Circular 1050 del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
En el caso de créditos a largo plazo, es necesario generar mecanismos de ajuste monetario de las cuotas con relación a la actividad que se desarrolla, y no a otra porque estaría distorsionando los valores. A finales de 1981 gracias a la formulación matemática, conseguimos evitar el desahucio de millares de argentinos que se vieron envueltos en la "trampa" que significó la aplicación de la 1050. Ya Santo Tomás de Aquino planteaba que las "Leyes injustas no son Leyes, por lo tanto dichas leyes no obligan".
Los ajustes monetarios son los mecanismos de corrección para mantener estable el valor de la moneda como "unidad", y que permiten no distorsionar la transacción de bienes y prestaciones entre partes ajustando los valores nominales pactados en los contratos de diverso contenido.
Sobre lo que fue la circular RF 1050, hay que recordar que se aplicó el 1 de abril de 1980, el BCRA determinó la mecánica indexatoria de los créditos a través de un Índice de Ajuste Financiera, y el banco mensualmente informaba sus valores diarios. El BCRA definió en la 1050 un índice que no fue justo y muchos argentinos sufrieron la perdida de lo invertido o de su casa.
Pero hoy, en los UVI, es de estricta justicia haber adoptado como medición de ajuste el CER, que es el índice representativo del costo de vida, resultando la combinación más equitativa para cubrir los intereses tanto del deudor como del acreedor. Esto no sucedía con la 1050, cuyo crecimiento exponencial crecía a pesar que los demás índices se mantenían estables, por lo que no representaba la realidad del sector.
Fue una feliz decisión la de adoptar la UVI, que funciona como los VAVIs (Valor Vivienda) que lancé en el Banco Provincia en 1984, vinculando el valor del crédito en unidades del valor representativo del m2 de construcción, así los posibles efectos inflacionarios no afectarían las cuota.
(*) El autor es un ex Director del Banco Hipotecario Nacional





