
Abuso
Entrá a la guía de servicio y encontrá los tips de los expertos sobre cómo prevenir, actuar y encontrar ayuda frente a este problema

La Justicia volverá a revisar el sobreseimiento de un exfiscal federal de San Martín en una causa que comenzó en 2017 con la denuncia de su entonces secretaria por presunto abuso sexual y conductas inapropiadas que, según la mujer, se prolongaron durante años en el ámbito laboral.
“¡Feliz cumple, Male! Por todos los años juntos y los que se vendrán. ¡Que seas muy feliz! ¡Mucho sexo! De: Miguel”. La dedicatoria es una de las pruebas que forman parte del expediente contra Miguel Ángel Blanco García Ordás, que hasta el 4 de marzo de 2020 fue fiscal federal en lo civil, comercial y contencioso administrativo.
La causa, que atravesó sucesivas instancias judiciales, volvió a la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal. Los jueces deberán resolver un recurso presentado por la querella contra el segundo sobreseimiento del funcionario, dictado en diciembre de 2024 por la Sala II de la Cámara Federal de San Martín. El expediente acumula dos decisiones de sobreseimiento, una anulación de Casación y un procesamiento que posteriormente fue revocado.
La denunciante, identificada en las actuaciones como María Aurelia, ingresó al Ministerio Público Fiscal en 1997 y llegó a desempeñarse como jefa de despacho de la Fiscalía Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín. García Ordás era el titular de esa dependencia y, por lo tanto, su superior jerárquico. Según el relato de la mujer, las conductas que le atribuyó al fiscal se extendieron desde su ingreso al organismo hasta su traslado, dispuesto durante un sumario administrativo.
De acuerdo con el expediente, ese procedimiento se había iniciado después de que una compañera denunciara a María Aurelia por un supuesto rayón en su auto. En el descargo que presentó en ese trámite, la empleada relató por primera vez los hechos que atribuía a García Ordás y vinculó el episodio con situaciones de hostigamiento laboral y con la negativa a promoverla al cargo de secretaria.
La mujer sostuvo que, durante una serie de promociones, no fue considerada para ese puesto pese a entender que reunía las condiciones para acceder a él. Según su declaración, cuando reclamó por la decisión, el fiscal le respondió que ella “sabía qué tenía que hacer” para obtener el ascenso. La querella interpretó esa frase como una insinuación de contenido sexual, mientras que la defensa sostuvo que aludía al desempeño profesional que debía acreditar para acceder a la promoción.
Aunque la denuncia comprendió distintas situaciones que la empleada consideró inapropiadas, el procesamiento dictado en septiembre de 2024 se concentró en dos episodios de contacto físico. El primero habría ocurrido en la antigua sede de la fiscalía, donde, según la denunciante, García Ordás la tomó de los hombros y la arrinconó contra un mueble mientras le decía: “Qué linda que sos”.
El segundo hecho denunciado habría ocurrido en el sector de la cocina de la dependencia. La mujer afirmó que el fiscal pasaba detrás de ella y la rozaba con sus genitales mientras realizaba sus tareas habituales.
La querella pidió que esos episodios fueran examinados en el contexto de la relación laboral y del resto de las situaciones denunciadas. Entre ellas, mencionó comentarios sobre el cuerpo, la vestimenta y la ropa interior de la empleada; tarjetas de cumpleaños con dedicatorias de tono sexual; convocatorias al despacho del funcionario y el conflicto por el ascenso.

Además de la tarjeta que contenía la expresión “mucho sexo”, en el expediente se incorporó otra dedicatoria en la que el fiscal atribuía a la empleada “las virtudes de una gata”.
María Aurelia también declaró que García Ordás le había mostrado material pornográfico que, según le dijo, había traído de un viaje, y condones que guardaba en el baño de su despacho. De acuerdo con su versión, el fiscal le comentó que los preservativos estaban vencidos porque ella no había querido utilizarlos con él. En otra ocasión, siempre según la denuncia, la convocó para leer un artículo sobre los supuestos “beneficios del semen”.
La investigación incorporó testimonios de personas a quienes la mujer habría contado algunos de esos episodios antes de presentar la denuncia penal. Su madre y su hermana afirmaron que conocían relatos de contactos físicos y rozamientos desde antes de su casamiento, celebrado en 2002. Otros testigos aportaron referencias sobre situaciones en las que el fiscal presuntamente se habría acercado a ella por detrás o la habría tomado de los hombros.
El primer sobreseimiento de García Ordás fue dictado en julio de 2020 por la Justicia de primera instancia y confirmado en noviembre de ese año por la Sala II de la Cámara Federal de San Martín. La querella apeló y el caso llegó a la Cámara Federal de Casación Penal.
El 25 de agosto de 2022 Casación anuló el sobreseimiento. El tribunal cuestionó que las pruebas no hubieran sido examinadas de manera integral ni bajo las pautas aplicables a investigaciones por hechos de violencia de género. También objetó el razonamiento según el cual resultaba improbable que los roces denunciados hubieran ocurrido reiteradamente en un ámbito laboral compartido sin que otras personas los advirtieran.
Tras la anulación, la causa volvió a las instancias inferiores y se amplió la producción de pruebas. Declararon nuevos testigos, varios de ellos a pedido de la defensa, y García Ordás fue citado a prestar declaración indagatoria.
Entonces, el 2 de septiembre de 2024, el juez federal procesó al fiscal por los dos episodios de contacto físico denunciados y dispuso un embargo de $1.500.000 sobre sus bienes. En los fundamentos, sostuvo que la eventual finalidad sexual de los contactos no debía evaluarse de manera aislada, sino en relación con el conjunto de las circunstancias expuestas en el expediente.
La defensa apeló la decisión y obtuvo una resolución favorable el 26 de diciembre de 2024. En esa fecha, la Sala II de la Cámara Federal de San Martín revocó el procesamiento y dictó un segundo sobreseimiento. Los camaristas consideraron que, aunque los contactos denunciados podían haber ocurrido materialmente, resultaba difícil que una conducta reiterada de ese tipo pasara inadvertida en un lugar de trabajo compartido.
La querella volvió a recurrir y cuestionó que la Cámara de San Martín hubiera utilizado un razonamiento que, según planteó, ya había sido objetado por Casación en 2022. También sostuvo que la resolución no explicó de manera suficiente por qué las pruebas incorporadas después de aquella anulación justificaban arribar nuevamente a un sobreseimiento.
Ahora, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal deberá determinar si confirma el segundo sobreseimiento o si dispone una nueva revisión de las actuaciones.




