La Plata: le quieren dar licencia por paternidad a una madre no gestante
LA PLATA.- Aunque es mujer, a Malena Díaz Reck le quieren dar licencia por paternidad. Ella y su pareja tendrán una bebé en enero de este año. La embarazada es su pareja, por eso la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), donde Malena trabaja hace casi 20 años, le niega la licencia por maternidad por no ser madre gestante. El viernes llevará el caso a la justicia. El caso tiene antecedentes en Río Negro y CABA. "Existe un vacío legal en este tema", advierte ella.
Cuando Malena habla de su pareja sonríe. También cuando cuenta que hace siete años se pusieron de novias y hace tres empezaron a intentar tener un hijo o una hija. Ya no sonríe tanto al recordar los intentos fallidos: cada tres meses probaban, de distintas maneras, quedar embarazadas. Una vez Malena, otra vez Natalia. Una de esas veces Malena lo logró, pero lo perdió a las siete semanas.
"A veces piensan que lo pedimos porque somos madres, pero pensamos que también los padres o el género que fuere tiene que tener su licencia, que es muy importante para la llegada de un niñe que estén esas personas presentes que desearon tenerlo", explicó Natalia Pagano.
En agosto de este año Malena le notificó a la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, donde trabaja desde 1999, que sería madre. "En agosto, cuando Nati estaba embarazada de 3 meses, fui a pedir la licencia por maternidad. Ese expediente pasó por Asesoría Gral de Gobierno. A mí de ARBA todavía no me notificaron la negativa, pero yo hice vista del expediente y lo que dice Asesoría es que me niegan la de maternidad y proponen que me den la de paternidad", contó Malena.
El gerente de Recursos Humanos de ARBA ya le adelantó que hará lo que diga Asesoría General de Gobierno. Por lo tanto, aunque no esté notificada aún, ya sabe que no le otorgarán la licencia que pidió. Sin embargo, al enterarse del caso, voceros de la Agencia de Recaudación dijeron a LA NACION que todavía no se resolvió oficialmente qué tipo de licencia otorgarle, que están evaluando otras alternativas porque reconocen que hay un vacío legal en el caso de Malena.
"Mi planteo es por mi caso pero también la idea es sentar jurisprudencia para que se modifique la parte de las licencias", indicó Malena. El viernes presentará una medida cautelar autosatisfactiva en la justicia para exigir la licencia por maternidad.
Ya existe un petitorio firmado por más de 600 personas que acompañan el pedido de la pareja pidiendo "que el ente de la provincia de Buenos Aires ARBA le reconozca el derecho a la licencia por maternidad como madre no gestante solicitado por exte 22700-20163/18 por entender que el mismo es un derecho reconocido en la ley 10430 y que toda otra resolución importa una discriminación".
Se pide, también, que se modifique la normativa vigente para que "todos/as los/as trabajadores/as de la provincia puedan acceder a este derecho sin tener que recurrir a solicitudes individuales por la vía administrativa o judicial". Entre los firmantes están Nicolás del Caño, Myriam Bregman, legisladores y legisladoras de Capital y distintas provincias, además de gremios y personas de distintas profesiones.
Vacío legal
A Malena le corresponde la ley 10.430 de trabajadores estatales que en el artículo 43 dice: "El personal femenino gozará de licencia por maternidad con goce íntegro de haberes. Previa presentación del correspondiente certificado médico, tendrá la agente derecho a una licencia total de noventa (90) días, pudiendo comenzar ésta cuarenta y cinco (45) días antes de la fecha probable de parto, este plazo no podrá ser inferior a treinta (30) días. El resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto". Pero la licencia que le habilitarían según el expediente de Asesoría General de Gobierno sería la de paternidad, que está prevista en el artículo 44 de la ley: "El personal masculino, por nacimiento de hijo gozará de una licencia de tres (3) días".
Por eso, Malena se siente discriminada. "La ley hace una relación directa como que todo personal femenino es madre gestante. Está hecha hace muchísimos años, antes del matrimonio igualitario. Ahí hay un desfasaje. A mí me correspondería como personal femenino. Cuando me dicen que me tome licencia por paternidad yo estoy sufriendo discriminación porque me están tratando de varón. Hay un vacío legal", advirtió Malena.
En la Legislatura bonaerense existen varios proyectos que buscan modificar la ley 10.430. Sin embargo, aún no se han puesto de acuerdo los legisladores para unificarlos.
En la misma ley se habla de licencia por adopción. Allí no se hace distinción entre personal femenino o masculino: se le otorgan a ambos tres meses. Así lo dice en el artículo 47: "En caso de guarda o tenencia con fines de adopción debidamente acreditadas de un menor de siete años, el agente adoptante gozará de una licencia de noventa (90) días corridos".
Antecedentes de licencias a madres no gestantes
Existen antecedentes en Río Negro y en CABA. En los dos casos se trataba también de una pareja de mujeres en que una de ellas estaba embarazada. En ambas situaciones se les otorgó la licencia por maternidad a las madres no gestantes.
Lorena Jerez, docente en colegios secundarios, vive en la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, y también le quisieron dar licencia por paternidad. "No te pueden decir que sos varón porque estás casada con una mujer", dijo en una nota publicada por el diario Río Negro. Ella y su pareja están casadas desde el 2012, y en 2017 lograron ser madres. La bebé había nacido pero aún no le daban la licencia a Lorena.
La situación se resolvió por una comunicación personal con la ministra de Educación rionegrina, Mónica Silva. La Subsecretaría de Administración y Asuntos Legales de esa cartera habló de "vacío legal".
"No existe en el marco del derecho público provincial una norma que contemple una licencia para estos casos. Ni la resolución Nº 233/98 de Licencias Docentes, ni la ley Nº 4542 de Licencia por Maternidad o Adopción prevén la situación de la Sra. Lorena Jerez", se lee en el dictamen especial. Y luego indica que se le dará un plazo de 120 días corridos de licencia.
En CABA se resolvió a través de la justicia: los últimos días de octubre, la jueza Alejandra Petrella, titular del juzgado n°12 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, le ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que le otorgue a la madre no gestante la licencia por maternidad de 120 días. Entre sus fundamentos habló de priorizar "el interés superior del niño". En este caso la madre no gestante era también docente de un colegio secundario.
También a fin del mes pasado, la Legislatura porteña aprobó por unanimidad una ley que extiende la licencia por paternidad para empleados del Gobierno de la Ciudad de los 10 o 12 días a 15. La novedad es que ya no habla de padre o madre, sino de persona gestante y segundo progenitor.
Estos tres casos no son los únicos en el país. Eso lo sabe Malena: "Me estoy poniendo en contacto con varias familias que les está pasando lo mismo. Lo que hacen es arreglársela como pueden, sacándose vacaciones". Por eso insiste: "No soy el único caso, soy la que tomó la decisión de ir a la justicia".
A nivel nacional ya se habla de licencias para personas no gestantes
En la Administración Pública nacional se agregó un nuevo tipo de licencia que entrará en vigencia en diciembre. En una reunión entre la Secretaría de Gobierno de Modernización y representantes de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), se resolvió incorporarla al Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Público Nacional.
Se trata de la licencia por nacimiento, que consiste en 15 días corridos desde el nacimiento del hijo/a para la persona no gestante que ejerza la corresponsabilidad parental. Esto plantea una novedad ya que aumenta la cantidad de días (de cinco a quince) de lo que era la licencia por paternidad y ya no habla de género sino de persona no gestante.
La medida alcanzará, aproximadamente, a los 140.000 trabajadores que se encuentran incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto 214/2006). Esto se podría aplicar a nivel provincial si se hiciera un acuerdo igual con los gremios provinciales.