Para la ley, el adolescente es inimputable
Un menor de 15 años, quien había tomado sin permiso el auto de su madre, al conducir a alta velocidad y luego de cruzar la intersección aludida con la luz roja del semáforo allí existente, arrolla y mata a un joven de 19 años, en su derrotero colisiona con un colectivo de línea, y en dicha circunstancia pierde su vida un acompañante del menor.
Por ello se iniciaron actuaciones prevencionales por doble homicidio culposo más lesiones culposas y se dio intervención a los fiscales y jueces del Fuero Penal Juvenil.
Justamente esto se debe a que el chofer del auto es un menor de 15 años al volante y aquí entra entonces a jugar el Régimen Penal de la Minoridad (leyes 22.278 y 22.803) el cual, en su artículo 1°, nos dice que "no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad, a nivel nacional".
En la provincia de Buenos Aires está en vigor desde el año 2008, vía la ley 13.634, el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, a través del cual se crearon los distintos estamentos necesarios, y me refiero aquí, entre otros, a fiscalías, juzgados de garantías del joven, juzgados y tribunales de responsabilidad penal juvenil.
En ningún caso el niño será sujeto a interrogatorio por la policía, al tiempo que se deben dar aviso de inmediato a sus padres y demás autoridades judiciales competentes, siendo éstos alojados en sitios especialmente determinados.
Este proceso es aplicable a todo niño punible, es decir mayor a 16 años. En este caso, por tener 15, este menor es un inimputable absoluto.
En cuanto al plano civil indemnizatorio, es importante comentar que de existir póliza de seguro que cubra a terceros, en este caso no responderá, ya que es un típico caso de los llamados de "no seguro" al conducir un menor sin edad ni licencia para hacerlo y excluirse por ende la cobertura del seguro.
Las víctimas y/o sus derecho habientes deberán entonces reclamar civilmente, por medio de la Justicia, ante el titular registral de la unidad en forma directa. En este caso la titularidad del vehículo pertenecería a la madre del adolescente.
El autor es abogado penalista
Gabriel Iezzi