Jubilaciones y pensiones de Anses: quién cobra el 20 de agosto
Hoy, jueves 20 de agosto, sigue el calendario de pago de las jubilaciones y pensiones que paga Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social). En esta fecha cobrarán los titulares de haberes que no superan los $18.952 y cuyos DNI terminan en 7.
El organismo previsional anunció que desde septiembre se aplicará una suba del 7,5% que se aplicará a estos haberes. También se verán alcanzados por ese porcentaje de aumento las pensiones no contributivas, la AUH (Asignación Universal por Hijo), la AUE (Asignación Universal por Embarazo) y los montos del salario familiar.
Con la recomposición de septiembre, el haber mínimo en bruto del sistema contributivo pasará de $16.864,05 a $18.128,85 en tanto que el haber máximo, hoy de $113.479,11 se ubicará en $121.990,04.
Calendario de cobro de la jubilaciones y pensiones que no superen los $18.952
- DNI con terminación en 8: viernes 21 de agosto.
- DNI con terminación en 9: lunes 24 de agosto.
Calendario de cobro de la jubilaciones y pensiones que superen los $18.952
- DNI con terminación en 0 y 1: martes 25 de agosto.
- DNI con terminación en 2 y 3: miércoles 26 de agosto.
- DNI con terminación en 4 y 5: jueves 27 de agosto.
- DNI con terminación en 6 y 7: viernes 28 de agosto.
- DNI con terminación en 8 y 9: lunes 31 de agosto.
Calendario de la prestación por desempleo
- DNI con terminación en 0 y 1: martes 25 de agosto.
- DNI con terminación en 2 y 3: miércoles 26 de agosto.
- DNI con terminación en 4 y 5: jueves 27 de agosto.
- DNI con terminación en 6 y 7: viernes 28 de agosto.
- DNI con terminación en 8 y 9: lunes 31 de agosto.
Jubilaciones: de cuánto sería el aumento de septiembre si rigiera la movilidad
Como la fórmula de movilidad jubilatoria que rigió por ley hasta el año pasado sigue suspendida, en los próximos días el Gobierno volverá a decretar el aumento de estos haberes a cargo de la Anses y también de otras prestaciones sociales, como la AUH.
De seguir vigente ese cálculo, el incremento de los haberes previsionales sería el mes próximo de 9,88%. La fórmula de la ley 27.426, aprobada en diciembre de 2017, consistía en sumar el 70% de la variación trimestral del índice de precios al consumidor y el 30% de la evolución de los salarios formales, según un índice llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), ambas variables con dos trimestres de rezago.
En relación a septiembre, los datos a observar eran los del trimestre de enero a marzo, cuando la inflación fue del 7,79% y el aumento nominal de los sueldos, de 14,76%.
Según lo que establecía el cálculo de la ley suspendida, este 2020 los ingresos en términos reales recuperarían poder adquisitivo, luego de haber perdido 13% y 2% en 2018 y en 2019, respectivamente.
Sin embargo, con la suspensión de la fórmula y con el uso, por parte del Presidente, de la facultad que le dio el Congreso para decidir las subas de manera arbitraria, las recomposiciones fueron inferiores a las que habrían correspondido con la ley de 2017.
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