Masacre de Ramallo: condenan al gobierno bonaerense a indemnizar a los familiares de las víctimas
Dos de los rehenes, el gerente de la sucursal Banco Nación de esa ciudad y el contador de la entidad, fueron acribillados cuando viajaban en un auto con los delincuentes, que los usaban de escudo para huir tras el fallido intento de robo
LA NACIONDespués de casi 25 años de aquella tragedia conocida como “la masacre de Ramallo”, donde dos rehenes del asalto al Banco Nación de esa ciudad murieron acribillados tras quedar en medio de la balacera entre la Policía Bonaerense y los delincuentes cuando huían, la Corte Suprema condenó a la provincia de Buenos Aires a indemnizar económicamente a los familiares de las víctimas.
Aquel 17 de septiembre de 1999, después de más de 20 horas de tensión en la toma de rehenes en la sucursal bancaria, el gerente del Banco, Carlos Chaves (59 años), su esposa Flora Lacave y el contador Carlos Santillán (53) fueron obligados por tres ladrones a subirse a un vehículo. Iban a ser utilizados como escudo para poder huir sin ser atrapados por las decenas de policías que había en la zona, pero el hecho terminó en una tragedia que tuvo lugar a la vista de todos.
Otros tres rehenes habían sido liberados con anterioridad.
Mientras el Volkswagen Polo circulaba por la calle con los ladrones y rehenes comenzó a recibir una seguidilla de balazos. Hubo más de 150 tiros. Tanto Chaves como Santillán murieron fusilados dentro del vehículo y la mujer sufrió graves heridas.
Por el caso, que generó conmoción e indignación en la sociedad argentina, hubo sentenciados a 20 años de prisión. El entonces gobernador bonaerense, Eduardo Duhalde, decidió disolver el Grupo Especial de Operaciones (GEO) de la policía provincial y relevar a los jefes del operativo. Además, aceptó la renuncia presentada por su ministro de Justicia y Seguridad, Osvaldo Lorenzo.
“Por favor, papi, por favor”, le rogaba Lacave a su marido que, en sus últimos segundos de vida, aún seguía tomado al volante del Polo. La mujer comprendió que el hombre había muerto cuando vio que sus manos se resbalaban y caían con las palmas vueltas hacia arriba. “Después del tiroteo yo recuerdo un gran silencio…”, reconoció la mujer, 10 años después, en diálogo con LA NACION.
En medio de la consternación, Lacave le pidió a uno de los delincuentes que viajaba con ellos, Carlos Martínez, que la matara. No quería vivir más. “Pero él me dijo que todo iba a salir bien y no disparó (se emociona) y todo fue muy extraño”, agregó la mujer entonces.
Este martes, la Corte Suprema dispuso, en una primera causa, que la provincia de Buenos Aires pague un monto millonario a la sobreviviente de la balacera y viuda del gerente del Banco Nación de Ramallo. El máximo tribunal hizo lugar a una demanda iniciada por Flora Lacave y sus cuatro hijos, Beatriz, Cecilia, Daniela y Carlos Gabriel.
El resarcimiento, según resolvió la Corte con las firmas de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y la conjueza Rocío Alcalá - asciende a 407.082.000 pesos, más intereses a computar desde el año 2005. La Provincia y dos de los policías responsables de los hechos deberán pagar el resarcimiento en un lapso de 30 días, según establece el fallo.
En la otra causa puesta en marcha por los familiares del contador Santillán, la Corte también ordenó indemnizar a Liliana María Perret, la pareja de la víctima, y a sus dos hijos, aunque no eran familiares de sangre. La cifra indemnizatoria alcanza la suma de $ 167.216.000, más los intereses.
Con respecto a la responsabilidad del estado bonaerense, la Corte consideró que la reacción policial en la intervención del hecho fue desmedida, injustificada, desmesurada y con abuso de poder: “(…) el número de disparos que efectuaron los funcionarios policiales provinciales con armas de grueso calibre sobre el rodado y sus ocupantes, revelan por parte de ellos una conducta incompatible con la de quienes deben tener a su cuidado la preservación racional de la integridad física de los miembros de la sociedad y sus bienes”.
En ambos fallos se excluyó de la responsabilidad por el hecho al Estado Nacional, en razón de no poseer imputación penal la Policía Federal y los legitimantes no demostrar el nexo causal entre su accionar y los perjuicios ocurridos.
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