Estados Unidos.- La Audiencia Nacional ratifica extraditar a EEUU a un exdirectivo de la ONU reclamado por soborno y blanqueo
Estados Unidos.- La Audiencia Nacional ratifica extraditar a EE.UU. a un exdirectivo de la ONU reclamado por soborno y blanqueo

MADRID, 23 Dic. 2025 (Europa Press) -
La Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la extradición a Estados Unidos del ex director ejecutivo de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) Vitaly Vanshelboim, a quien reclaman para ser juzgado por supuestamente aceptar millones de dólares en sobornos a cambio de desviar 60 millones en subvenciones y préstamos a favor de compañías vinculadas a un empresario.
En un auto, recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal ratifica la decisión tomada el pasado 21 de octubre, en la que rechazó que hubiera motivación política en la petición de las autoridades estadounidenses, como alegó el reclamado en un recurso.
Así, los magistrados desestiman el recurso de Vanshelboim y señalan que "la alegación de motivos políticos en el presente caso carece de la mínima base objetiva, al no contar con el adecuado respaldo probatorio, ni siquiera indiciario".
La AN añade que dicho argumento no puede servir para la denegación de la entrega, puesto que "de lo actuado en la causa no existe indicio alguno que permita, siquiera intuir, una posible instrumentalización del proceso penal como medio de represalia institucional".
Según el primer auto favorable a la extradición, que lo recurrió, Vanshelboim afirmó que por su trabajo en Naciones Unidas "tuvo conocimiento de asuntos declarados secretos en países conflictivos y que, al haber escrito un libro sobre los mismos, y de la vinculación de políticos americanos, los Estados Unidos pretenden juzgarle y así acallar su voz, añadiendo que se le vincula como partidario del presidente Trump".
Los magistrados aceptaron la entrega por dos de los cinco cargos que se le achacan: solicitud y recepción de soborno por parte de un agente de una organización que recibe fondos federales y fraude electrónico mediante servicios honestos, además de por blanqueo de capitales.
En cambio, rechazaron la entrega por los otros tres cargos: conspiración para cometer soborno relacionado con programas federales, conspiración para cometer fraude electrónico mediante servicios honestos y conspiración para cometer blanqueo de capitales.
Y explicaron que el delito de conspiración correspondería en España con un delito de pertenencia o integración en organización o grupo criminal y para que se pudiera aplicar debería existir una agrupación de más personas, lo que no ocurre en este caso.
La Sala de lo Penal considera que los hechos referidos en el escrito de acusación serían constitutivos en España de estafa y/o malversación de caudales públicos, cohecho y blanqueo de capitales.
EL ACUSADO TENÍA "INMUNIDAD DIPLOMÁTICA"
Por su parte, el magistrado José Ricardo de Prada ha emitido un voto particular en el que señala que el reclamado "ostentó el rango de Assistant Secretary-General (ASG), nivel 15 en la jerarquía de Naciones Unidas, categoría que goza de inmunidad diplomática plena para los actos realizados en el desempeño del cargo".
Y añade que la inmunidad "no se extingue automáticamente con el cese, sino que subsiste respecto de hechos ocurridos durante el mandato, incluso si se alegan extralimitaciones".
Asimismo, pone de manifiesto que solo el secretario general de la ONU "puede decidir si existen prerrogativas e inmunidades y si procede renunciar a ellas".
"Por tanto, la Sala no puede presumir la caducidad de la inmunidad ni sustituir la valoración que corresponde a la organización. La autorización de la extradición debe condicionarse a la previa confirmación por Naciones Unidas del alcance de la inmunidad y, en su caso, a la renuncia expresa del secretario general", remarca De Prada.
Además, critica que el auto de extradición "se limite a afirmar, sin mayor argumentación", que los hechos imputados "no son necesarios para el ejercicio independiente de sus funciones como personal de Naciones Unidas", sin ofrecer "un análisis concreto sobre la conexión funcional entre las decisiones cuestionadas y las competencias propias del cargo".
Por todo ello, el magistrado considera que la entrega de Vanshelboim debería estar condicionada "a la previa confirmación por parte de Naciones Unidas del alcance de la inmunidad que le corresponde", suspendiendo la extradición "hasta que se reciba dicha confirmación".
EN PRISIÓN PROVISIONAL POR RIESGO DE FUGA
A favor de la extradición estaba la Fiscalía española, que en un escrito, recogido por Europa Press, apuntaba que los supuestos hechos habrían ocurrido entre septiembre de 2015 y agosto de 2023 en su papel como directivo de esa agencia de la ONU, añadiendo que se cumplen los requisitos para acceder a la solicitud de extradición.
Esas "cuantiosas" subvenciones y préstamos "no estaban debidamente garantizados" y los "dejó impagados en ejecución del plan que ambos idearon", precisaba.
La Fiscalía agregaba que "con la cuantiosa suma obtenida", ambos realizaron una serie de transferencias electrónicas a una cuenta corriente controlada por el reclamado, con el objetivo de "aflorarlos en el tráfico jurídico ordinario".
Vanshelboim fue detenido el pasado marzo en virtud de una orden internacional de detención emitida por el Tribunal de Distrito de los EE.UU. para el Distrito Sur de Nueva York para enjuiciamiento y la jueza de la AN María Tardón acordó su ingreso en prisión provisional por riesgo de fuga al tratarse de hechos de "considerable gravedad".



