Italia: CPI, tras caso Almasri, quedan dudas sobre disposición de Italia a cooperar
Aperturas gubernamentales limitadas

Este es uno de los pasajes de la decisión mediante la cual la CPI remitió a Italia a la Asamblea de los Estados Partes en el caso Almasri, que desató una tormenta política en la península
Najeem Osema Almasri Habish fue detenido el 19 de enero de 2025 en Turín -y liberado dos días después- por las autoridades italianas en cumplimiento de una orden de captura de la Corte Penal Internacional (CPI), a raíz de una alerta de Interpol. La orden de arresto lo acusaba de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad, incluyendo asesinatos, violaciones y torturas cometidos en el centro de detención Mitiga en Trípoli, donde Najim había ejercido una cruel autoridad desde 2015
La decisión del gobierno de Giorgia Meloni de ponerlo en libertad generó en su momento duras críticas de la oposición, que acusó al ejecutivo de extrema derecha de priorizar la relaciones con Libia por sobre los derechos humanos y la justicia internacional
Roma condicionó la cooperación a "intereses de seguridad nacional, posición geopolítica y legislación constitucional y nacional", argumentos ya rechazados
"El derecho interno -enfatizan los jueces- no puede invocarse para justificar la falta de cooperación"
"A la luz de las dificultades y ambigedades encontradas" en el caso Almasri, continúa la decisión, "la mayoría" de los jueces "considera que no está claro si Italia podría y estaría dispuesta a cooperar plenamente con el Tribunal en la detención y entrega de personas buscadas, independientemente de su nacionalidad"
Si bien reconoce las declaraciones del gobierno sobre su intención de cumplir con las obligaciones internacionales, la Sala señala que Roma no aclaró "el impacto de los procedimientos internos" —archivados por el Parlamento contra los ministros Carlo Nordio y Matteo Piantedosi y el subsecretario Alfredo Mantovano— "en la falta de cooperación, ni si existen conflictos de competencia pendientes ante el Tribunal Constitucional"
Además, se destaca que sigue sin resolverse la cuestión de la omisión del procedimiento previsto en el Artículo 97 del Estatuto de Roma para informar sobre dificultades en la ejecución de las solicitudes de la Corte
Finalmente, la mayoría señala una falta de transparencia en la transmisión de información, parte de la cual s"e contradice con los documentos". (ANSA)



