Polonia. El Gobierno polaco aprueba una ley para otorgar derechos a uniones homosexuales tras la sentencia del TJUE
Polonia. El Gobierno polaco aprueba una ley para otorgar derechos a uniones homosexuales tras la sentencia del TJUE

MADRID, 30 Dic. 2025 (Europa Press) - El Consejo de Ministros polaco ha aprobado este martes un proyecto de ley para otorgar mayores derechos a las uniones civiles, incluyendo a las parejas del mismo sexo, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que obliga a todos los países a reconocer un matrimonio homosexual celebrado en otro Estado miembro. "Este es un gran avance para garantizar la seguridad y la protección jurídica de personas que viven en relaciones homosexuales y heterosexuales que no han decidido formalizar su unión", ha detallado la secretaria de Estado polaca para la oficina del primer ministro, Katarzyna Kotula, según ha recogido la agencia de noticias PAP. La medida incluye una serie de derechos que solo se aplican en Polonia a parejas que están casadas, como la exención del impuesto sobre sucesiones y donaciones; el acceso a registros e información médica; la obtención de un seguro de salud; la regulación de propiedades o cuestiones relacionadas con las pensiones, entre otras. El proyecto de ley presentado por el Gobierno del primer ministro, Donald Tusk, se debatirá previsiblemente en enero, si bien se enfrenta a un posible veto por parte del presidente polaco, el ultraderechista Karol Nawrocki, vinculado al principal partido de la oposición, Ley y Justicia (PiS). Recientemente, el TJUE sentenció que todo Estado miembro debe reconocer la legalidad de un matrimonio del mismo sexo contraído en otro país de la Unión Europea, independientemente de que el matrimonio homosexual no esté recogido en su ordenamiento jurídico nacional. La sentencia se produjo después de que diez demandantes recurrieran al TJUE tras haber iniciado una batalla legal en el sistema judicial polaco al constatar que no podían inscribirse en ningún registro como parejas del mismo sexo. El fallo determinó así que el Estado polaco había violado la Convención Europea de Derechos Humanos, en particular el artículo que consagra el respeto a la vida privada y familiar, al no existir un "marco legal específico" que proteja a las uniones homosexuales. El TJUE, no obstante, aclaró que el fallo no implica que ese Estado deba contemplar el matrimonio entre dos personas del mismo sexo en su Derecho nacional. Polonia únicamente contempla el matrimonio entre un hombre y una mujer e incluso cuenta con un Código de Familia para reforzar el veto constitucional.



