Tribunales: debe pagar el consorcio
Los daños y perjuicios por la caída de la losa son responsabilidad de los propietarios del edificio
El juicio civil y las costas que se generen por la muerte por aplastamiento que ocurrió en la zona de Tribunales la semana pasada al caer una losa deberán ser afrontados por los propietarios del edificio. En el caso de la acción penal, quien tendrá que responder será el profesional que firmó el relevamiento del edificio.
Así lo establece la ley 257, que obliga a quienes viven en régimen de propiedad horizontal en edificios con más de tres pisos de altura a presentar informes periódicos sobre el estado de las fachadas, balcones y mampostería, entre otras cosas.
"La responsabilidad civil por daños y perjuicios es incuestionable, le cabe al consorcio. Si se hace extensiva al gobierno de la ciudad deberá establecerse con la investigación judicial", indicó Fabián Bergenfeld, de la Fundación Bicentenario, que se dedica a temas de defensa del consumidor y políticas públicas.
Respecto de la responsabilidad penal, el abogado indicó que en el caso, en el que perdió la vida Octavio Pérez Galimberti, un abogado de 33 años, puede haber existido una negligencia o una imprudencia por parte del profesional que firmó el relevamiento. "Estaríamos ante un caso de homicidio culposo", indicó.
El titular de la Agencia de Control Gubernamental, Javier Ibáñez, indicó que la dependencia no es la que debe controlar las fachadas de los edificios . "El relevamiento fue certificado en marzo de este año por un profesional contratado por el consorcio para hacer un informe de su edificio". El funcionario subrayó, en declaraciones radiales, que, "según el informe técnico del arquitecto, todos los elementos salientes de ese edificio estaban en buenas condiciones".
Fractura en la losa
Ibáñez dijo que, a pesar de ese informe, por "algún tipo de cuestiones, se fracturó la losa que provoca el accidente". Y señaló que el control que hace el Gobierno porteño es exigir el documento que presenta el profesional, "porque eso es lo que dice la ley".
El defensor adjunto de la Ciudad, Atilio Alimena, indicó que "si bien hay un profesional y suponiendo que se hubiese equivocado, en definitiva hay una acción solidaria entre las partes [el consorcio y el profesional]. Y el que tiene la capacidad de pago es el consorcio. Es un grave error creer que la póliza [que contratan los vecinos] cubre todo".
La ley determina que los consorcios, según la antigüedad de los edificios, deben informar periódicamente su estado.
En ese sentido, Osvaldo Loisi, de la Liga del Consorcista, indicó: "Los vecinos tienen que tomar conciencia de que cuando compran un departamento tienen responsabilidades compartidas. Y que tienen que seguir de cerca a su administrador. No es que viven solos. Son responsables por cualquier cosa que pase, como un accidente desgraciado como éste. También tienen que controlar que el profesional que se contrató sea idóneo y enterarse de todo lo que las leyes establecen".
La obra
- Ley 257. El 26 de marzo de 2012 se presentó el informe técnico y certificado de conservación de fachadas de Lavalle 1576/78.
- Relevamiento. El informe indica que el profesional concurrió a la propiedad, que verificó el estado de los elementos exigidos por la ley y certificó que los mismos se encontraban en "buen estado de conservación".
- Próximo informe. Según la presentación, el próximo certificado correspondía al día 6/2/2018. El lapso de seis años entre relevamiento y relevamiento corresponde, según la norma, a edificios de entre 34 y 50 años.
- Finalización de obra. El expediente de finalización de obra data de 1961, según informaron en el gobierno porteño. Aún se investigan las causas de la caída de la losa.