Privilegio: diputados opositores presentaron un recurso propio para impedir que Cristina Kirchner cobre dos jubilaciones
Un grupo de diputados de la oposición presentó hoy, utilizando la figura de "tercero voluntario" que se ve afectado en sus intereses (y en los intereses de otros a quienes se representa), una apelación contra la sentencia de un juez de la Seguridad Social que a fines de diciembre habilitó el pago de dos prestaciones de privilegio a Cristina Kirchner: su jubilación como expresidenta de la Nación y la pensión por el también expresidente Néstor Kirchner, fallecido en 2010.
Al ser habilitado tanto ese recurso como uno presentado por la Anses, los efectos del fallo dictado el 29 de diciembre quedan ahora suspendidos y la vicepresidenta seguirá cobrando uno de los dos beneficios.
Los firmantes de esa presentación son Alejandro Cacace, Alfredo Cornejo, Jimena Latorre, Luis Petri, María Dolores Martínez y Graciela Ocaña. Patrocinados por el abogado Federico Despoulis Netri y ante el vencimiento para que el Estado presente su apelación, llevaron a la Justicia una presentación "por derecho propio y en representación de todos los jubilados y el resto de pueblo", que tienen "un interés propio en el objeto de esta causa", aludiendo a una figura que está en el Código Procesal, Civil y Comercial Nacional.
La presentación de los legisladores -cuya intervención resultó aceptada por el juez Ezequiel Pérez Nami, subrogante del Juzgado N° 10, que lleva la causa- fue hecha esta mañana, un poco antes de que la Anses concretara su apelación como parte en la causa. El escrito presentado en la Justicia por el organismo que dirige Fernanda Raverta es un texto simple, en el que no se expresan argumentos ni razones para la apelación.
Según explicó a LA NACION el abogado Despoulis Netri, podría ocurrir que la Anses, tras el escrito elevado hoy, no haga luego su expresión de agravios, es decir, no fundamente una posición contraria a la sentencia, con lo cual ese recurso quedaría desierto.
Con respecto a las presentaciones que él patrocinó (además del antes mencionado, hoy ingresó al juzgado otro recurso promovido por Alberto Asseff, también legislador), sostuvo que el juez aceptó ya, mediante un escrito, la participación en la causa, como terceros, de los apelantes; el escrito de esa decisión fue publicado esta tarde en la página del Poder Judicial.
La causa "Fernández Cristina Elisabet c/ Ministerio de Desarrollo Social y otros s/ nulidad de acto administrativo",que lleva el Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10, es una demanda en la que se juegan cifras millonarias: la actual vicepresidenta la inició en 2017, con la pretensión de que se declarara nula una resolución dictada durante el gobierno de Cambiemos y, en consecuencia, se la habilitara a cobrar los dos ingresos a la vez y sin que se le descuente el impuesto a las ganancias (gravamen que sí afecta, a partir de determinados montos de ingresos, a los jubilados del régimen general). Además, en el juicio pide que se le abone todo lo no percibido en los últimos años, con intereses, y que se le reintegre también lo que se le descontó por el mencionado tributo.
El beneficio vitalicio por haber sido presidenta le había sido otorgado a Cristina por una resolución del Ministerio de Desarrollo Social emitida en 2015, cuando al frente de esa cartera estaba su cuñada, Alicia Kirchner. Ya percibía en ese momento la asignación heredada tras la muerte de Néstor Kirchner. En noviembre de 2016, la entonces ministra Carolina Stanley dispuso, a través de la resolución 1768 y tras evaluar un dictamen del entonces procurador del Tesoro Carlos Balbín, que la exmandataria debía optar por uno de los dos pagos porque percibir ambos resultaba incompatible según la interpretación dada a la ley, y resolvió suspender uno de ellos.
La presentación hecha hoy por los diputados de la oposición considera que lo pretendido va en contra del espíritu de la ley con la que en su momento se dispuso la vigencia de las asignaciones vitalicias para expresidentes, y considera que existe una "necesidad moral y jurídica de intervenir" en el caso, porque dejar que quede firme el fallo sería "un atropello hacia los jubilados que cobran una miseria en materia previsional" y permitiría "la carga incorrecta de este doble beneficio sobre los contribuyentes".
El escrito también expresa críticas hacia la política previsional que se tomó durante 2020, cuando quedó suspendida para los jubilados y pensionados del régimen general la aplicación de la fórmula de movilidad aprobada en 2017 y cuando, en función de los decretos presidenciales que dispusieron aumentos con criterios discrecionales, se hizo un ajuste cercano a los $100.000 millones, en relación con lo que hubieran recibido los haberes jubilatorios en caso de seguir vigente aquella ley.
En octubre de año pasado, el fiscal federal de la Seguridad Social, Gabriel De Vedia, emitió un dictamen en el que consideró que es nula la resolución de Stanley a partir de la cual se le dejó de pagar uno de los dos beneficios a Cristina Kirchner, y dio el visto bueno a que los ingresos no sean alcanzados por Ganancias.
El 29 de diciembre, el mismo día que en el Congreso se aprobaba la nueva ley de movilidad jubilatoria, el juez Ezequiel Pérez Nani dictó su sentencia dándole la razón a la demandante en cuanto al reclamo de declaración de nulidad de la resolución de Stanley, habilitando el cobro de ambas prestaciones a la vez, libres del impuesto a las ganancias. "No suena raro o paradójico y al mismo tiempo contradictorio que mientras se sancionaba una ley de movilidad paupérrima y con un gran deterioro de los haberes de todos los jubilados, a escondidas se sacaba ese mismo día esta sentencia", señala el escrito presentado por la oposición.
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