
Usuarios deudores: las billeteras virtuales y bancos quedan autorizados a debitar cuotas vencidas de las cuentas
La operatoria quedará restringida a entidades financieras y proveedores no financieros de crédito registrados
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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) aplicará un mecanismo llamado “Cobro con transferencia” para que entidades financieras y proveedores de crédito cobren de forma automática cuotas de préstamos mediante transferencias. La medida empezará a regir el 31 de agosto de 2026 para cuentas autorizadas.
La herramienta funcionará únicamente con cuotas fijas e iguales durante toda la extensión del contrato, según la propia página oficial del BCRA. Para prevenir el sobreendeudamiento, el sistema fijó un límite del 30% en la relación entre la cuota y los ingresos del usuario al originar el crédito. El débito requerirá la autorización explícita del cliente por única vez.
El marco regulatorio establece topes estrictos para la cobranza: contempla un intento inicial y hasta dos reintentos, fijados en 48 y 96 horas. Además, los prestamistas deberán enviar una notificación electrónica el día previo al débito, mientras que los usuarios mantendrán la facultad de dar de baja su permiso de forma inmediata y en cualquier momento.
La operatoria quedó restringida a entidades financieras y proveedores no financieros de crédito registrados. El esquema determina un arancel mínimo del 0,6% a cargo del prestamista para remunerar el servicio. En tanto, la responsabilidad ante el fraude recaerá de manera directa sobre la entidad que haya otorgado el préstamo.
El sistema incorpora la figura del “aceptador de CCT”, que será “el único autorizado para ofrecer este novedoso mecanismo de cobro, fomentando la competencia entre actores y asegurando la interoperabilidad entre los esquemas de transferencias inmediatas”.
Su diseño tomó como referencia modelos internacionales como PIX automático de Brasil e iniciativas discutidas en 2025 con el ecosistema de pagos.
Los detalles del anuncio
Al anunciar el proyecto, en mazo de este año, la entidad lo definió como: “una nueva modalidad de transferencias inmediatas que permitirá el cobro de cuotas de préstamos de forma segura y transparente para las personas”.

Además, resumió los aspectos principales en nueve puntos:
- Admite solamente el cobro de cuotas que sean fijas e iguales durante la extensión del contrato.
- Limita la relación cuota/ingreso al 30% en la originación del crédito, para prevenir el sobreendeudamiento.
- Establece topes en los intentos de cobro de cada cuota: un intento inicial y hasta dos reintentos (a las 48 y 96 horas), evitando prácticas abusivas.
- Garantiza el consentimiento explícito y por única vez del cliente para debitar su cuenta previamente a la realización de los débitos de las cuotas.
- Exige que los prestamistas notifiquen por medios electrónicos a sus clientes el día hábil previo a que el débito impacte en la cuenta.
- Asegura la posibilidad de baja inmediata del consentimiento de las personas, tanto en el prestamista como en el proveedor de la cuenta a ser debitada.
- Restringe el uso a entidades financieras y proveedores no financieros de crédito (PNFC) habilitados por el BCRA.
- Define un esquema de remuneración con un arancel mínimo del 0,6% a pagar por los prestamistas y distribución proporcional entre los participantes, incentivando la competencia y la oferta del servicio.
- Asigna la responsabilidad ante fraude al prestamista, alineando incentivos para un uso responsable del nuevo mecanismo de cobro.


